Ayuntamiento de Zaragoza

Urbanismo

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Asunto
Criterio interpretación art. 4.1.3 punto 1.h) de las Normas Urbanísticas del PGOU.
Normas afectadas
Normas Urbanísticas del PGOU.
Cuestión planteada
Aplicación de la normativa de fondo mínimo edificable en Suelo Urbano Consolidado con ordenación de manzana cerrada.
Acuerdo
PRIMERO.- Adoptar como criterio de interpretación para la aplicación del art. 4.1.3 punto 1 apartado h), de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana, aprobado definitivamente por el Consejo de Ordenación del Territorio el 13 de diciembre de 2002 , relativo a la aplicación de la normativa de fondo mínimo edificable en Suelo Urbano Consolidado con ordenación de manzana cerrada, el siguiente:

"No se aplicará la normativa de fondo mínimo en los términos expuestos en los apartados b y c, del artículo 4.1.3 de las Normas Urbanísticas del plan General, a la totalidad de la longitud del perímetro de manzanas completas o de partes de ellas lo suficiente importantes como para permitir la aplicación satisfactoria alternativa del párrafo 2.b del artículo 4.1.1 de las Normas Urbanísticas. No obstante lo anterior, tanto en manzanas completas como en partes importantes de ellas se autorizará el fondo mínimo de 7,50 m con respecto a la totalidad o parte de las alineaciones establecidas en el Plan General con el solo objeto de aumentar la ocupación, cuando a juicio del Ayuntamiento procure la mejor integración urbanística del edificio resultante."

Todo ello de conformidad con el informe técnico emitido por el Arquitecto Director de los Servicios de Planificación y Diseño Urbano.

SEGUNDO. .- Comuníquese el presente acuerdo a los Servicios de la Gerencia Municipal de Urbanismo para su información, e insértese en la aplicación de la red informática de los criterios de la Gerencia Municipal de Urbanismo, para general conocimiento a través de la Unidad Técnica de Sistemas de la Dirección de Servicios de Información y Organización."
Órgano Resolutorio
Excmo. Ayuntamiento Pleno
Nº Expediente
216691/2005
Fecha de Aprobación
25/02/2005