Texto Regulador Nº 27 Precios Públicos por prestaciones de servicios y realización de actividades
Texto
Artículo 1.-
De conformidad con lo previsto en los arts. 127 y 41 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, y en el ejercicio de la potestad reglamentaria reconocida al Ayuntamiento de Zaragoza, en su calidad de Administración Pública de carácter Territorial por el art. 4 y concordantes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se establecen los precios públicos por prestación de los servicios o realización de actividades administrativas que a continuación se indican:
- I. - Prestaciones de servicios para actividades socioculturales, culturales y de esparcimiento.
- II. - Prestación de servicios por el Patronato Municipal de Turismo.
- III. - Prestación de servicios por la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, S.A.
- IV. - Prestación de servicios en los Centros Cívicos.
- V. - Prestación de servicios en los Centros de Enseñanzas Artísticas.
- VI. - Prestación de Servicios en las Escuelas Infantiles Municipales.
- VII. - Prestación de Servicios en la Universidad Popular.
- VIII. -Prestación de Servicios en Centros Deportivos Municipales.
- IX. - Prestación de Servicios en el Pabellón Príncipe Felipe y en el Palacio de los Deportes.
- X. - Prestaciones Sociales domiciliarias.
- XI. - Prestaciones de Servicios en el Centro de Promoción de la Salud.
- XII. - Prestación de Servicios en la Residencia Casa de Amparo de Zaragoza.
- XIII. -Prestación de Servicios de los Mercados Municipales.
- XIV. -Prestación de Servicios en Mercazaragoza.
- XV. - Prestación de servicios de celebración de Bodas Civiles
- XVI. - Prestación de servicios en el Museo del Fuego y de los Bomberos
- XVII.- Prestación de servicios en el Aula de la Naturaleza del parque Grande
Artículo 2.-
Estarán obligados al pago de los Precios Públicos regulados en este Texto Regulador quienes se beneficien de los servicios o actividades por los que deban satisfacerse aquéllos.
Artículo 3.-
- La obligación de pagar el precio público nace desde que se inicia la prestación del servicio o la realización de la actividad, si bien se podrá exigir el depósito previo de su importe total o parcial.
- Cuando por causas no imputables al obligado al pago del precio, el servicio o la actividad no se preste o desarrolle, procederá la devolución del importe correspondiente.
Artículo 4.-
La cuantía que corresponda abonar por la prestación de cada uno de los servicios a que se refiere este Texto Regulador, se determinará según cantidad fija o en función de los elementos o factores que se indiquen en los respectivos epígrafes.
Disposición Final
El presente Texto Regulador y, en su caso, sus modificaciones, entrarán en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y comenzará a aplicarse a partir de 1 de enero siguiente, salvo que en las mismas se señale otra fecha, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación.
I. PRESTACIONES DE SERVICIOS PARA ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES, CULTURALES Y DE ESPARCIMIENTO
1. Filmoteca de Zaragoza
Epígrafe | Euros |
---|---|
ENTRADA | 1,9 |
Abono a 5 sesiones | 8,2 |
Abono a 10 sesiones | 14,65 |
Epígrafe | Condiciones de uso | Tarifas (Euros) |
---|---|---|
Visionados en las dependencias del Patronato Municipal de la Filmoteca de Zaragoza | a) Con justificación de uso para fines específicos de investigación y estudio y previa petición | - |
b) Para otros usos … moviola y videoproyección 43,35 euros por día 86,95 euros por día (de utilización del servicio.) | ||
Préstamos excepcionales de copias con autorización expresa de los propietarios de los derechos y siempre que las condiciones de conservación lo permitan. | En concepto de mantenimiento y conservación y de acuerdo con las normas establecidas en contrato. 86,95 euros por película más gastos de transporte. | |
Fototeca | Reproducciones fotográficas cuya utilización posterior estará regulada por las normas establecidas en contrato. "Tamaño 13/18 cm. blanco y negro: 5,85 euros Tamaño 18/24 cm. blanco y negro: 7,25 euros Diapositivas color: 10,95 euros más gastos de laboratorio." | |
Biblioteca | Acceso Libre (en el horario establecido). - | |
Reprografía | Exclusivamente para uso restringido y de textos no completos. 0,10 euros/unidad |
TARIFA | |
---|---|
A) USOS COMERCIALES | |
Producción de obras cinematográficas y audiovisuales: | 43,35 euros/m |
1.1 Producciones cinematográficas beneficiarias de ayudas del Estado o de otras Administraciones Públicas españolas o comunitarias | 21,75 euros/m |
1.2 Producciones destinadas a uso interno e institucional: | 21,75 euros/m |
Producción por Televisión: | 43,35 euros/m |
2.1 Televisiones integradas en el servicio público español para la elaboración de programas de producción propia y para sus propias emisiones: | 21,75 euros/m |
Publicidad: | 108,55 euros/m |
Efectos y sonido: | 8,60 euros/m |
B) USOS NO COMERCIALES | |
Asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, para producciones de carácter social, benéfico, cultural, educativo o de interés público: | 10,85 euros/m |
2. Teatro Principal
Epígrafe | Euros |
---|---|
A) PRECIOS DE LAS LOCALIDADES | |
- Palcos entresuelos, con 8 entradas | 588,5 |
- Plateas bajas, con 8 entradas | 588,5 |
- Palcos principales, con 6 entradas | 386,2 |
- Palcos segundos, con 6 entradas | 294,25 |
- Butaca de patio | 73,55 |
- Butaca delantera principal | 64,35 |
- Butaca principal | 49,05 |
- Butaca delantera segunda | 49,05 |
- Butaca segunda | 36,8 |
- Butaca delantera anfiteatro | 31,9 |
- Butaca central anfiteatro | 24,5 |
- Butaca lateral anfiteatro | 17,15 |
B) PRECIOS DE LAS LOCALIDADES | |
- Palcos entresuelos, con 8 entradas | 294,25 |
- Plateas bajas, con 8 entradas | 294,25 |
- Palcos principales, con 6 entradas | 191,25 |
- Palcos segundos, con 6 entradas | 147,1 |
- Butaca de patio | 36,8 |
- Butaca delantera principal | 31,9 |
- Butaca principal | 24,5 |
- Butaca delantera segunda | 24,5 |
- Butaca segunda | 18,4 |
- Butaca delantera anfiteatro | 15,95 |
- Butaca central anfiteatro | 12,25 |
- Butaca lateral anfiteatro | 8,6 |
C) PRECIOS DE LAS LOCALIDADES | |
- Palcos entresuelos, con 8 entradas | 196,15 |
- Plateas bajas, con 8 entradas | 196,15 |
- Palcos principales, con 6 entradas | 132,42 |
- Palcos segundos, con 6 entradas | 110,35 |
- Butaca de patio | 24,5 |
- Butaca delantera principal | 22,05 |
- Butaca principal | 18,4 |
- Butaca delantera segunda | 18,4 |
- Butaca segunda | 12,25 |
- Butaca delantera anfiteatro | 12,25 |
- Butaca central anfiteatro | 7,35 |
- Butaca lateral anfiteatro | 4,9 |
D) PRECIOS DE LAS LOCALIDADES | |
- Palcos entresuelos, con 8 entradas | 171,65 |
- Plateas bajas, con 8 entradas | 171,65 |
- Palcos principales, con 6 entradas | 117,7 |
- Palcos segundos, con 6 entradas | 106,65 |
- Butaca de patio | 21,45 |
- Butaca delantera principal | 19,6 |
- Butaca principal | 17,8 |
- Butaca delantera segunda | 17,8 |
- Butaca segunda | 15,35 |
- Butaca delantera anfiteatro | 12,25 |
- Butaca central anfiteatro | 9,2 |
- Butaca lateral anfiteatro | 6,15 |
E) PRECIOS DE LAS LOCALIDADES | |
- Palcos entresuelos, con 8 entradas | 147,1 |
- Plateas bajas, con 8 entradas | 147,1 |
- Palcos principales, con 6 entradas | 95,65 |
- Palcos segundos, con 6 entradas | 73,55 |
- Butaca de patio | 18,4 |
- Butaca delantera principal | 15,95 |
- Butaca principal | 12,25 |
- Butaca delantera segunda | 12,25 |
- Butaca segunda | 9,2 |
- Butaca delantera anfiteatro | 7,95 |
- Butaca central anfiteatro | 6,15 |
- Butaca lateral anfiteatro | 4,3 |
F) PRECIOS DE LAS LOCALIDADES | |
- Palcos entresuelos, con 8 entradas | 122,6 |
- Plateas bajas, con 8 entradas | 122,6 |
- Palcos principales, con 6 entradas | 80,9 |
- Palcos segundos, con 6 entradas | 55,15 |
- Butaca de patio | 15,35 |
- Butaca delantera principal | 13,5 |
- Butaca principal | 11,05 |
- Butaca delantera segunda | 9,2 |
- Butaca segunda | 7,35 |
- Butaca delantera anfiteatro | 5,52 |
- Butaca central anfiteatro | 4,3 |
- Butaca lateral anfiteatro | 3,05 |
G) PRECIOS DE LAS LOCALIDADES | |
- Palcos entresuelos, con 8 entradas | 98,1 |
- Plateas bajas, con 8 entradas | 98,1 |
- Palcos principales, con 6 entradas | 66,2 |
- Palcos segundos, con 6 entradas | 55,15 |
- Butaca de patio | 12,25 |
- Butaca delantera principal | 11,05 |
- Butaca principal | 9,2 |
- Butaca delantera segunda | 9,2 |
- Butaca segunda | 6,15 |
- Butaca delantera anfiteatro | 6,15 |
- Butaca central anfiteatro | 4,3 |
- Butaca lateral anfiteatro | 3,05 |
H) PRECIOS DE LAS LOCALIDADES | |
- Palcos entresuelos, con 8 entradas | 88,3 |
- Plateas bajas, con 8 entradas | 88,3 |
- Palcos principales, con 6 entradas | 55,15 |
- Palcos segundos, con 6 entradas | 44,15 |
- Butaca de patio | 11,05 |
- Butaca delantera principal | 9,2 |
- Butaca principal | 7,35 |
- Butaca delantera segunda | 7,35 |
- Butaca segunda | 5,5 |
- Butaca delantera anfiteatro | 4,9 |
- Butaca central anfiteatro | 3,7 |
- Butaca lateral anfiteatro | 3,05 |
I) PRECIOS DE LAS LOCALIDADES | |
- Palcos entresuelos, con 8 entradas | 73,55 |
- Plateas bajas, con 8 entradas | 73,55 |
- Palcos principales, con 6 entradas | 47,8 |
- Palcos segundos, con 6 entradas | 36,8 |
- Butaca de patio | 9,2 |
- Butaca delantera principal | 7,95 |
- Butaca principal | 6,15 |
- Butaca delantera segunda | 6,15 |
- Butaca segunda | 4,3 |
- Butaca delantera anfiteatro | 3,7 |
- Butaca central anfiteatro | 3,05 |
- Butaca lateral anfiteatro | 2,45 |
J) PRECIOS DE LAS LOCALIDADES | |
- Palcos entresuelos, con 8 entradas | 58,85 |
- Plateas bajas, con 8 entradas | 58,85 |
- Palcos principales, con 6 entradas | 36,8 |
- Palcos segundos, con 6 entradas | 29,45 |
- Butaca de patio | 7,35 |
- Butaca delantera principal | 6,15 |
- Butaca principal | 4,9 |
- Butaca delantera segunda | 4,9 |
- Butaca segunda | 3,7 |
- Butaca delantera anfiteatro | 3,7 |
- Butaca central anfiteatro | 2,45 |
- Butaca lateral anfiteatro | 1,85 |
K) PRECIOS DE LAS LOCALIDADES | |
- Palcos entresuelos, con 8 entradas | 49,05 |
- Plateas bajas, con 8 entradas | 49,05 |
- Palcos principales, con 6 entradas | 29,45 |
- Palcos segundos, con 6 entradas | 22,05 |
- Butaca de patio | 6,15 |
- Butaca delantera principal | 4,9 |
- Butaca principal | 3,7 |
- Butaca delantera segunda | 3,7 |
- Butaca segunda | 3,05 |
- Butaca delantera anfiteatro | 3,05 |
- Butaca central anfiteatro | 2,45 |
- Butaca lateral anfiteatro | 1,85 |
L) PRECIOS DE LAS LOCALIDADES | |
- Palcos entresuelos, con 8 entradas | 39,25 |
- Plateas bajas, con 8 entradas | 39,25 |
- Palcos principales, con 6 entradas | 25,75 |
- Palcos segundos, con 6 entradas | 22,05 |
- Butaca de patio | 4,9 |
- Butaca delantera principal | 4,3 |
- Butaca principal | 3,7 |
- Butaca delantera segunda | 3,7 |
- Butaca segunda | 2,45 |
- Butaca delantera anfiteatro | 2,45 |
- Butaca central anfiteatro | 1,85 |
- Butaca lateral anfiteatro | 1,22 |
M) PRECIOS DE LAS LOCALIDADES | |
- Palcos entresuelos, con 8 entradas | 34,35 |
- Plateas bajas, con 8 entradas | 34,35 |
- Palcos principales, con 6 entradas | 22,05 |
- Palcos segundos, con 6 entradas | 18,4 |
- Butaca de patio | 4,3 |
- Butaca delantera principal | 3,7 |
- Butaca principal | 3,05 |
- Butaca delantera segunda | 3,05 |
- Butaca segunda | 2,45 |
- Butaca delantera anfiteatro | 2,45 |
- Butaca central anfiteatro | 1,85 |
- Butaca lateral anfiteatro | 1,22 |
N) PRECIOS DE LAS LOCALIDADES | |
- Palcos entresuelos, con 8 entradas | 29,45 |
- Plateas bajas, con 8 entradas | 29,45 |
- Palcos principales, con 6 entradas | 18,4 |
- Palcos segundos, con 6 entradas | 14,7 |
- Butaca de patio | 3,7 |
- Butaca delantera principal | 3,05 |
- Butaca principal | 2,45 |
- Butaca delantera segunda | 2,45 |
- Butaca segunda | 1,85 |
- Butaca delantera anfiteatro | 1,85 |
- Butaca central anfiteatro | 1,22 |
- Butaca lateral anfiteatro | 0,61 |
O) PRECIOS DE LAS LOCALIDADES | |
- Palcos entresuelos, con 8 entradas | 24,5 |
- Plateas bajas, con 8 entradas | 24,5 |
- Palcos principales, con 6 entradas | 18,4 |
- Palcos segundos, con 6 entradas | 14,7 |
- Butaca de patio | 3,05 |
- Butaca delantera principal | 3,05 |
- Butaca principal | 2,45 |
- Butaca delantera segunda | 2,45 |
- Butaca segunda | 1,85 |
- Butaca delantera anfiteatro | 1,85 |
- Butaca central anfiteatro | 1,22 |
- Butaca lateral anfiteatro | 0,61 |
3. Teatro del Mercado
Epígrafe | Euros |
---|---|
A | 12,25 |
B | 9,2 |
C | 7,35 |
D | 6,15 |
E | 4,9 |
F | 3,7 |
G | 3,05 |
H | 1,22 |
En caso de cesión del uso de la sala, el cesionario deberá abonar la cantidad de 751,27 euros por espectáculo, cuando se incluyan los servicios del personal del Teatro y de 450,76 euros cuando no sean necesarios los servicios de dicho personal.
4. Tarifa Precios Públicos alquiler Salas Congresos Auditorio Palacio de Congresos
Nombre de la Sala | Tarifa A Euros | Tarifa B Euros | Media Jornada “A" | Media Jornada “B" |
---|---|---|---|---|
Mozart (por día) | 4400 | 3085 | 2640 | 2468 |
Luis Galve (por día) | 2560 | 1780 | 1536 | 1424 |
Mariano Gracia (por día) | 1245 | 869 | 747 | 695 |
Multiusos (por día) | 3340 | 2332 | 2004 | 1865 |
Sala Reuniones (planta 1) y Sala de Recepciones (por día) | 403 | 280 | 242 | 224 |
Edificio Completo (por día) | 14310 | 9996 | ||
Sala Hipóstila (Instalación Stand) (por día) | 2507 | 1749 | ||
Sala Hipóstila (Servicio Catering) (por día) | 837 | 583 |
Tarifa A:
Será de aplicación general para las actividades congresuales o musicales organizadas por las Sociedades Mercantiles, Administraciones Públicas distintas del Ayuntamiento de Zaragoza, y cualquier otra Asociación, Fundación, Cooperativa o Entidad de Derecho Público o Privado.
Tarifa B:
Será de aplicación para las actividades congresuales o musicales organizadas por aquellas Fundaciones o Asociaciones Culturales y Sociales declaradas de interés general y de carácter social. Dicha declaración deberá acreditarse mediante presentación de inscripción en la D.G.A. o el Ayuntamiento de Zaragoza.
Media Jornada
Será de aplicación para cualquier actividad cuya duración ( montaje + actividad) no supere las seis horas, con dos opciones inamovibles de horario : de 8 a 14 hrs o bien de 16 a 22.00 hrs.
Superado este horario pasarán a facturarse las tarifas anteriormente mencionadas.
Para cualquier actividad será obligatoria la contratación de un portero durante todo el tiempo que el edificio permanezca abierto, para controlar los accesos al mismo.
El Auditorio Palacio de Congresos de Zaragoza se reserva el derecho de indicar los servicios y/o personal necesarios e imprescindibles para cada acto que se realice, a fín de garantizar su adecuado desarrollo.
Si el organizador necesitara otros servicios de personal, equipos audiovisuales, informáticos, etc., los precios se regirán por las tarifas que se indican más adelante.
Los días considerados exclusivamente de montaje y/o desmontaje se aplicará el 50% de la tarifa que corresponda.
Las tarifas anteriores se incrementarán en un 20% si coincide la jornada en día festivo, sábado o domingo. Si los actos que se celebren terminan en día laborable más tarde de las 24.00 horas, también se incrementará la tarifa en un 20%.
Las tarifas anteriormente descritas serán validas hasta las 22.00 hrs, a partir de la cual pasarán a contemplarse las nocturnidades del personal interno necesario para la correcta realización del servicio solicitado.
Las empresas que acrediten la condición de Operadores Profesionales de Congresos (OPC) que aporten nuevos eventos o congresos al Auditorio, tendrán un descuento del 10% en contrato, sobre los precios antes indicados.
Firma de contrato: Tendrá validez el contrato firmado una vez que el promotor haya ingresado en total el 25% del precio del contrato (IVA incluido). El precio ya pagado de la reserva queda incluido en ese porcentaje.
Al menos una semana antes del comienzo de cualquier evento, deberá estar abonado en su totalidad.
Las tarifas están referidas a precios por día o fracción de día.
A los precios indicados se les añadirá el I.V.A. vigente
Tarifa de Precios por alquiler de sistemas de proyección, material informático y ofimático, equipos de sonido y traducción simultánea Auditorio-Palacio de Congresos
Tipo | Euros /día | Euros / 1/2 día |
---|---|---|
Sistemas de Proyección | ||
Pantalla de proyección móvil de 4 x 3 m Proyección frontal | 133 | 80 |
Pantalla de proyección móvil de 4 x 3 m Retroproyección | 106 | 64 |
Pantalla de proyección móvil de 1,80 x 1,80 m | 32 | 20 |
Pantalla de proyección fija en Sala Mozart de 9 x 6 m | 424 | 255 |
Pantalla de 3,20 x 2,40 m, Proyección frontal | 80 | 48 |
Pantalla de 3,20 x 2,40 m, Retroproyección | 95 | 57 |
Proyector de vídeo/Datos de 3.000 Lúmenes | 212 | 127 |
Proyector de vídeo/Datos de 4.000 Lúmenes | 265 | 159 |
Proyector de vídeo/Datos de 5.000 Lúmenes | 371 | 223 |
Proyector de vídeo/Datos de 10.000 Lúmenes | 530 | 318 |
Proyector de vídeo/Datos de 12.000 Lúmenes | 689 | 414 |
Proyector de vídeo/Datos de 15.000 Lúmenes | 901 | 541 |
Escalador de Vídeo - Datos | 32 | 20 |
Monitor de Vídeo - TV de 28" | 53 | 32 |
Pantallas de Plasma de 42" | 85,00+20,00 pie alto | 51,00+12,00 |
Pantallas de Plasma de 50" | 106,00+20,00 pie alto | 64,00+12,00 |
Escalador VGA - video | 65 | 40 |
Reproductor de D.V.D. | 25 | 15 |
Técnico Audiovisual | 297 | 178 |
Material informático y ofimático | ||
Ordenador Portátil | 74 | 45 |
Ordenador torre con monitor TFT 17" | 69 | 42 |
Impresora Láser monocromo | 42 | 25 |
Impresora Láser color | 69 | 42 |
Impresora inyección color | 32 | 20 |
Monitor TFT 17" | 25 | 15 |
Monitor TFT 19" | 42 | 25 |
Ratón inalámbrico con puntero láser | 11 | 7 |
Línea Analógica Telefónica - fax. Incluyendo equipo | 64 | 64 |
Línea ADSL | 0 | |
- 1 Mb | 21 | 13 |
- 2 Mb | 32 | 20 |
- 4 Mb | 42 | 25 |
- 8 Mb | 53 | 32 |
- 10 Mb | 64 | 39 |
Utilización de la red de cableado estructural UTP categoría 5, para interconexión entre Salas del Auditorio. | 223 | 134 |
Fotocopiadora Analógica 45 ppm | 212 | 127 |
Fotocopiadora Analógica 65 ppm | 265 | 160 |
Fotocopiadora Digital 45 ppm | 276 | 166 |
Técnico Informático | 297 | 180 |
Equipos de Sonido | ||
Sistema de Sonido de la Sala Mozart | 689 | 414 |
Infraestructura de cableado y splitters de la Sala Mozart | 265 | 160 |
Infraestructura de cableado y splitters de la Sala Luis Galve | 265 | 160 |
Infraestructura de cableado Rampas exteriores del edificio. Unidades móviles TV y sonido | 371 | 223 |
Micrófono inalámbrico de mano | 53 | 32 |
Micrófono inalámbrico de solapa / diadema | 64 | 38 |
Equipo de sonido móvil: Ruedas de Prensa, Salas pequeñas, etcétera. | 212 | 128 |
Distribuidor de sonido medios de comunicación | 74 | 45 |
Sistemas de sonido con configuraciones especificas | Dependiendo de requerimientos | Dependiendo de requerimientos |
Técnico de Sonido | 297 | 180.00 |
Grabación | ||
Grabación de actos en vídeo, incluyendo: Cámara y operador. Entrega del material en "Bruto". Formato DVD. Tiempo máximo 120´ | 265 | 265 |
Grabación de actos en vídeo, incluyendo: Cámara y operador. Edición al corte, entregada máster y copia en DVD. Tiempo máximo 120´ | 477 | 477 |
Grabación de actos en video con varias cámaras, realización, postproducción, copias, etcétera. | Dependiendo de requerimientos | Dependiendo de requerimientos |
Grabación de audio de ponencias en CD de 80’ (sin editar) | 53 | 32 |
Grabación de audio de ponencias en CD de 80’ (editado) | 212 | 128 |
Grabación en Audio multipista | Dependiendo de requerimientos | Dependiendo de requerimientos |
Copia de grabación vídeo y audio en D.V.D.: 4’7 Gb (sin edición) | 64 | 64 |
Técnico de Vídeo | 297 | 180 |
Traducción Simultánea | ||
Infraestructura de Sala (cabinas, cableados, radiadores, etc.) | 371 | 223 |
Receptor Infrarrojo con 6 canales + auricular | 6 | 4 |
Pérdida o deterioro del receptor infrarrojo | 265 | 265 |
Cabina de traducción suplementaria de montaje provisional | 318 | 191 |
Técnico de Traducción simultanea | 297 | 180 |
Iluminación Escénica | ||
Configuraciones de sistemas de iluminación escénica, incluyendo estructuras, dimmers, motores, etc. | Dependiendo de requerimientos | Dependiendo de requerimientos |
Las tarifas indicadas son por día o fracción y de uso exclusivo dentro del recinto del Auditorio Palacio de Congresos de Zaragoza.
A los precios indicados es necesario añadir el IVA vigente.
Otros Servicios | Euros |
---|---|
Portero, Azafata, Acomodador, Guardarropía (*) | 14,60 / hora |
Personal auxiliar de Montajes | 17,21 / hora |
Coordinador de Montajes | 22,00 / hora |
Limpieza de Stand Congresos | 13,47 / hora |
Guardia de Seguridad día laborable | 20,14 / hora |
Guardia de Seguridad día festivo, sábados y domingos | 21,62 / hora |
Taquillaje de todas las Salas (Mozart, Galve y Multiusos) numerado y sin numerar impreso en las taquillas del Auditorio | 0,30 / unidad |
Afinación de piano | 178 |
Afinación de piano en día festivo | 221 |
Repaso de afinación piano | 73 |
Repaso de afinación de piano en día festivo | 103 |
Traslado de piano | 87 |
Alquiler de piano (incluye traslado y afinación) | 822 |
(*) En caso de que la jornada abarque los horarios de comida o cena, se añadirá una dieta de 13,30 euros, siempre y cuando la Organización contratante no asuma este concepto.
A los precios indicados se les añadirá el I.V.A. vigente.
Ciclo | Platea Euros | Anfiteatro Euros | Escenario Euros | P. Único Euros |
---|---|---|---|---|
Festival de Jazz | 140 | |||
Introducción a la Música | 85 | 75 | 55 | |
Maestros del Piano | 150 | 105 | 70 | |
Grandes de Otoño | 375 | 270 | 170 | |
Grandes de Primavera | 460 | 330 | 180 | |
Flamenco de Zaragoza | 90 | |||
Orquesta Cámara Auditorio | 25 |
Ciclo | Platea Euros | Anfiteatro Euros | Escenario Euros | Coro Euros | P. Único Euros |
---|---|---|---|---|---|
Festival de Jazz | 40 | 30 | 20 | 40 | |
Introducción a la Música | 15 | 10 | 8 | 7 | |
Maestros del Piano | 60 | 40 | 30 | 20 | |
Grandes de Otoño | 70 | 50 | 40 | 25 | |
Grandes de Primavera | 70 | 50 | 40 | 25 | |
Flamenco de Zaragoza | 40 | 35 | 25 | 40 | |
Orquesta Cámara Auditorio | 15 | 10 | 8 | 7 | 10 |
Concierto en familia | 10 | 6 | 5 | 4 | 6 |
Otros conciertos | 90 | 70 | 50 | 30 |
Ciclo | Platea Euros | Anfiteatro Euros | Escenario Euros | Coro Euros | P. Único Euros |
---|---|---|---|---|---|
Festival de Jazz | 30 | 15 | 10 | ||
Introducción a la Música | 10 | 6 | 5 | 4 | |
Maestros del Piano | 40 | 30 | 19 | 13 | |
Grandes de Otoño | 50 | 35 | 22 | 13 | |
Grandes de Primavera | 50 | 35 | 22 | 13 | |
Flamenco de Zaragoza | 30 | 25 | 15 | 20 | |
Orquesta Cámara Auditorio | 10 | 8 | 6 | 5 | 6 |
Concierto en familia | 6 | 5 | 4 | 3 | |
Otros conciertos | 60 | 45 | 40 | 15 |
Ciclo | Platea Euros | Anfiteatro Euros | Escenario Euros | Coro Euros | P. Único Euros |
---|---|---|---|---|---|
Festival de Jazz | 15 | 12 | 6 | ||
Introducción a la Música | 7 | 6 | 4 | 3 | |
Maestros del Piano | 30 | 20 | 15 | 10 | |
Grandes de Otoño | 30 | 22 | 15 | 6 | |
Grandes de Primavera | 30 | 22 | 15 | 6 | |
Flamenco de Zaragoza | 15 | ||||
Orquesta Cámara Auditorio | 5 | ||||
Concierto en familia | |||||
Otros conciertos | 40 | 35 | 30 | 15 |
Ciclo | Platea Euros | Anfiteatro Euros | Escenario Euros | Coro Euros | P. Único Euros |
---|---|---|---|---|---|
Festival de Jazz | |||||
Introducción a la Música | |||||
Maestros del Piano | 25 | 15 | 10 | 6 | |
Grandes de Otoño | 25 | 15 | 10 | 6 | |
Grandes de Primavera | 25 | 15 | 10 | 6 | |
Flamenco de Zaragoza | 10 | ||||
Orquesta Cámara Auditorio | 4 | ||||
Concierto en familia | |||||
Otros conciertos | 30 | 25 | 20 | 10 |
El Precio de la entrada corresponderá a cada grupo de precios estipulados en función de la categoría artística o cultural del espectáculo.
5. Alquiler de espacios y equipos en el Centro de Documentación del Agua y el Medio Ambiente
Existen dos tarifas en función de la tipología de los usuarios. La tarifa de alquiler del espacio se refiere a precios por día o fracción de día:
A Euros | B Euros | |
---|---|---|
Sala de videoconferencias | — | 46,8 |
Sala de videoconferencias + Sistema de videoconferencia | 8,25 por cada hora de conexión | 46,80 + 8,25 por cada hora de conexión |
A. -ONGs, asociaciones y colectivo sin ánimo de lucro.
B.- Resto de usuarios.
Todos los precios incluyen el Impuesto del Valor Añadido.
Euros | |
---|---|
Alquiler de elementos expositivos y materiales de la Agencia de Medio Ambiente y Sostenibilidad | 100,00 |
II. PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR ZARAGOZA TURISMO
Epígrafe | Euros |
---|---|
Posters varios | 2 |
Camisetas | 11 |
D.V.D. | 6 |
Colección Pins gigantes | 10 |
Colección Pins cabezudos | 8 |
Colección Pins arte | 6 |
Pins individuales cabezudos | 1 |
Pins individuales arte (Monumentos) | 1 |
Imán | 2 |
Bolígrafo infantil | 3 |
Goma de borrar | 1 |
Libreta de espiral | 3 |
Llavero | 3 |
Gorra | 6 |
Reloj | 10 |
Abanico | 5 |
Sudaderas | 16 |
Yo-yo | 2 |
Plano turístico | 1 |
SERVICIOS TURÍSTICOS | |
- Visitas Panorámicas (grupos) | |
Tarifa ordinaria | 125 |
Grupos B1, B2, B3, | 108 |
Grupo E | 108 |
Cada 6 visitas panorámicas al año | 1 gratis |
- Visitas individuales Paseos Guiados | |
Tarifa ordinaria | 5,5 |
Grupo A | 1 gratuidad por billete |
Grupo B1 | 5 |
Grupo B2 | 4,2 |
Grupo B3 | 3,5 |
Grupo C | gratuidad |
Grupo D | 4 |
Grupo E | 2,5 |
Grupos F1 y F2 | gratuidad |
Grupo G | 2,5 |
- Visitas individuales Edificios | |
Tarifa ordinaria | 2 |
Grupo A | 1 gratuidad por billete |
Grupo B1 | 1,5 |
Grupos B2 y B3 | 1,2 |
Grupo C | gratuidad |
Grupo D | 1,5 |
Grupo E | 1,5 |
Grupos F1 y F2 | gratuidad |
- Visitas informadores turísticos | |
Tarifa ordinaria | 5,5 |
Grupo A | 1 gratuidad por billete |
Grupo B1 | 5 |
Grupo B2 | 4,2 |
Grupo B3 | 3,5 |
Grupo C | gratuidad |
Grupo D | 4 |
Grupo E | 4 |
Grupos F1 y F2 | gratuidad |
Grupo G | 2,5 |
- Visitas individuales teatralizadas | |
Tarifa ordinaria | 13 |
Grupo A | 1 gratuidad por billete |
Grupo B1 | 11,5 |
Grupos B2 y B3 | 11,2 |
Grupo C | 11 |
Grupo F1 | gratuidad |
Grupo F2 | 11 |
- Autobús Turístico tarifa individual | |
Tarifa ordinaria | 8 |
Grupo A | 1 gratuidad por billete |
Grupo B1 | 7,5 |
Grupo B2 | 6 |
Grupo B3 | 4,8 |
Grupo C | 4,8 |
Grupo D | 6 |
Grupo E | 6 |
Grupo F | gratuidad |
Grupo H | 24 |
City Tour grupos (no incluye servicio de guía) | 135 |
Autobús Megabus tarifa grupos | 355 |
- Autobús Turístico nocturno | |
Tarifa ordinaria | 11 |
Grupo A | 1 gratuidad por billete |
Grupo B1 | 9,8 |
Grupo B2 | 8,3 |
Grupo B3 | 6,8 |
Grupo C | 7,8 |
Grupo D | 7,8 |
Grupo E | 7,8 |
Grupo F1 | gratuidad |
Grupo H | 33 |
- Tarjetas Turísticas | |
Tarifa City Card, validez 24 horas | 18 |
Tarifa City Card, validez 48 horas | 21 |
Tarifa City Card, validez 72 horas | 24 |
- Visitas individuales teatralizadas con servicio adicional | |
Tarifa ordinaria | 16 |
Grupo A | 1 gratuidad por billete |
Grupo B1 | 14,5 |
Grupos B2 y B3 | 13,75 |
Grupo C | 14 |
Grupo F1 | gratuidad |
Grupo F2 | 14 |
- Visitas individuales gastronómicas | |
Tarifa ordinaria | 13 |
Grupo A | 1 gratuidad por billete |
Grupo B1 | 11,5 |
Grupos B2 y B3 | 11,2 |
Grupo C | 11 |
Grupo F1 | gratuidad |
Grupo F2 | 11 |
- Family card | |
Tarifa ordinaria | 9 |
Grupo A | 1 gratuidad por billete |
Grupo B1 | 8 |
Grupos B2 y B3 | 7,5 |
Grupo D | 6,5 |
Grupo F1 | gratuidad |
Grupo F2 | 7,8 |
Grupo H | 27 |
GRUPOS DE TARIFAS:
Tarifa Ordinaria: tarifa general para cada servicio.
Grupo A: tarifas promocionales para determinados periodos de lanzamiento o para incentivar el uso de los servicios turísticos en determinados periodos, ofreciendo una gratuidad por cada billete o ticket adquirido.
Grupo B: tarifas bonificadas para empresas comercializadoras o colectivos, ofreciendo diferentes bonificaciones dependiendo del servicio y temporada turística.
Grupo C: tarifas con descuento para mayores de 65 años y desempleados.
Grupo D: tarifas bonificadas para los poseedores de Carnet Joven, Carnet de estudiante y Familias Numerosas.
Grupo E: tarifas con descuentos para discapacitados.
Grupo F: gratuidades dependiendo del servicio para menores de 5 a 8 años.
Grupo G: tarifas bonificadas para centros educativos y formativos.
Grupo H: tarifas bonificadas para grupos de 4 personas en algunos servicios.
Nota: La condición de mayor de 65 años, desempleado, familia numerosa, estudiante, poseedor del Carnet Joven o discapacitado deberá acreditarse mediante la presentación del oportuno documento acreditativo.
III. PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES POR LA SOCIEDAD MUNICIPAL ZARAGOZA CULTURAL, S.A.
1) Venta de entradas a las salas de exposiciones municipales y venta de catálogos de exposiciones y publicaciones municipales.
Tarifa | General Euros | Carnet Joven, grupos y estudiantes Euros | Niños hasta 8 años,jubilados y desempleados Euros |
---|---|---|---|
3,00 | 2,00 | - |
Categoría | Euros |
---|---|
1ª | 95 |
2ª | 67 |
3ª | 39 |
4ª | 28.00 |
5ª | 20 |
6ª | 17 |
7ª | 12 |
8ª | 11 |
9ª | 6 |
10ª | 4 |
11ª | 2 |
12ª | 0,5 |
Venta de DVD – Tarifa | 6 |
2) ENTRADAS MUSEOS MUNICIPALES
Tarifas | Museo del Foro Museo de las Termas Públicas Museo del Puerto Fluvial de Caesaraugusta1 Euros | Museo del Teatro de Caesaraugusta Euros | Ruta Caesaraugusta2 Euros | Museo Pablo Gargallo Euros |
---|---|---|---|---|
1. Entrada individual ordinaria | 3 | 4 | 7 | 4 |
2.a). Carné joven, carné de estudiante y carné de familia numerosa o título de familia monoparental | 2 | 3 | 5 | 3 |
2.b). Grupos de al menos 15 miembros (previa solicitud de visita con 15 días de antelación. | 2 | 3 | 5 | 3 |
2.c) Estudiantes de Primaria, E.S.O., Bachiller y F.P., que no realicen la visita en grupo. | 2 | 3 | 5 | 3 |
2.d). Personas con discapacidad del 33% al 49%, ambos inclusive. Que cuenten con documento acreditativo | 2 | 3 | 5 | 3 |
2.e). Billete de bus turístico expedido en el año en curso, promociones de Zaragoza Turismo y entidades colaboradoras | 2 | 3 | 5 | 3 |
3. Zaragoza Card | 2 | 3 | — | 3 |
4. Paseos guiados3. | - | - | 3 | - |
5. Grupos procedentes de centros educativos y formativos, previa solicitud de visita con 15 días de antelación. | 1 | 1 | 2 | 1 |
6. Mayores de 65 años y menores de 8 años, personas en situación de desempleo, periodistas con acreditación, profesorado acreditado, personas con discapacidad desde el 50% (que cuenten con documento acreditativo), responsables de grupos (previa solicitud de visita con 15 días de antelación), miembros del ICOM, Asociación de Críticos de Arte. | Gratuita | Gratuita | Gratuita | Gratuita |
- La tarifa está referida a la entrada individual para cada uno de estos tres museos.
- Incluye el acceso a todos los museos arqueológicos municipales: Museo del Foro de Caesaraugusta, Museo de las Termas Públicas de Caesaraugusta, Museo del Puerto Fluvial de Caesaraugusta y Museo del Teatro de Caesaraugusta.
- El paseo guiado romano incluye el audiovisual y la visita al Museo del Puerto Fluvial, así como la visita al Museo del Foro de Caesaraugusta, Museo de las Termas Públicas de Caesaraugusta y al monumento del Teatro de Caesaraugusta.
Audiovisual Nocturno | Euros |
---|---|
Proyectado en el Museo del Teatro de Caesaraugusta | 1 |
(La entrada general del Museo del Teatro de Caesaraugusta incluye la sesión del audiovisual, excepto en la tarifa 6) | |
Préstamo de audioguías en: | |
Museo del Teatro de Caesaraugusta | 2 |
Museo del Foro de Caesaraugusta | 2 |
Museo Pablo Gargallo | 2 |
Las audioguías del Museo del Foro, Museo del Teatro y Museo Pablo Gargallo se encuentran incluidas en el precio de entrada, excepto en los casos en que se apliquen las tarifas 2b), 4, 5 y 6.
Actividades didácticas en museos municipales | Euros |
---|---|
Visitas guiadas | 1,00 / persona |
Talleres didácticos para escolares | 2,00 / escolar |
Al museo en Familia (máximo 2 adultos y mínimo 1 niño) | 2,00 / persona |
3) TARIFAS DE ACTIVIDADES EN LOS MUSEOS MUNICIPALES Y CENTRO DE HISTORIA
Persona / actividad / euros / IVA incluido | |||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
A | B | C | D | E | F | G | H | I | J |
- | 1,00 | 3,00 | 4,00 | 5,00 | 6,00 | 13,00 | 20,00 | 27,00 | 33,00 |
4) LABORATORIO DE SONIDO
Nivel | Euros |
---|---|
Nivel I. Estudio de Grabación | |
Producción Discográfica (4 semanas) | 5.564.29 |
Semana de Grabación (5 sesiones) | 1479,5 |
Sesión de Grabación (10 horas diarias) | 336,45 |
Horas sueltas | 37,74 |
Nivel II. Edición digital | |
Sesión de edición digital (6 horas diarias) | 149,89 |
Horas sueltas | 28,04 |
Nivel III. Venta de CD | |
Precio Unitario de venta directa CD sencillo | 16,18 |
Precio Unitario de venta directa CD doble | 26,96 |
I.V.A. incluido en todas las tarifas.
5) PRECIOS PARA EL ALQUILER DE SALAS Y EQUIPAMIENTOS
Alquiler Salas en Museos Municipales | A Euros | B Media Jornada Euros | B Jornada Completa Euros | C Media Jornada Euros | C Jornada Completa Euros |
---|---|---|---|---|---|
Terraza del Museo del Teatro de Caesaraugusta** | — | 738,67 | 1231,48 | 1478,42 | 2462,95 |
Pulpitum del Museo del Teatro de Caesaraugusta* | — | 738,67 | 1231,48 | 1478,42 | 2462,95 |
Sala de proyecciones del Museo Teatro de Caesaraugusta* | — | 184,4 | 307,33 | 368,8 | 615,74 |
Sala de actividades del Museo Teatro de Caesaraugusta | — | 53,92 | 89,5 | 107,84 | 179,01 |
Sala de reuniones del Museo Teatro de Caesaraugusta | — | 32,35 | 53,92 | 64,7 | 106,76 |
Aula didáctica del Museo del Puerto Fluvial de Caesaraugusta | — | 33,43 | 55 | 66,86 | 111,07 |
Salón de actos del Museo Pablo Gargallo | — | 336,45 | 560,74 | 672,89 | 1120,41 |
El alquiler de cualquier sala no incluye la entrada a los citados museos.
* Sólo se podrá alquilar fuera del horario de visitas al público.
** Sólo se podrá realizar servicio de hostelería y restauración en la terraza del Museo del Teatro de Caesaraugusta.
Tipo | Euros |
---|---|
Pantalla de proyección fija (Museo del Teatro de Caesaraugusta y Museo Pablo Gargallo) | 37,00 |
Pantalla móvil (Museo del Teatro de Caesaraugusta) y pantalla fija (Museo Puerto fluvial de Caesaraugusta) | 24,80 |
Retroproyector (Museos del Teatro y Puerto fluvial de Caesaraugusta) | 36,66 |
Proyector de diapositivas (Museos del Teatro y Puerto fluvial de Caesaraugusta) | 36,66 |
Proyector digital (Museo Pablo Gargallo) | 38.82 |
Reproductor vídeo VHS (Museos del Teatro y Puerto fluvial de Caesaraugusta) | 24,80 |
Reproductor vídeo DVD (Museo del Teatro Caesaraugusta) | 36,66 |
Reproductor CD (Museo del Teatro de Caesaraugusta) | 11,86 |
Cañón de proyección (Museo del Teatro de Caesaraugusta) | 36,66 |
Cañón de proyección portátil (Museo del Teatro de Caesaraugusta) | 59.31 |
Monitor de televisión (Museos del Teatro y Puerto fluvial de Caesaraugusta) | 64,70 |
Micrófonos: sobremesa e inalámbrico (Museo del Teatro de Caesaraugusta y Museo Pablo Gargallo) | 36,66 |
Alquiler Salas del Centro de Historia | A Euros | B Media Jornada Euros | B Jornada Completa Euros | C Media Jornada Euros | C Jornada Completa Euros |
---|---|---|---|---|---|
Salón de actos | — | 597,71 | 923,27 | 1196,46 | 1848,6 |
Aula Caesaraugusta | — | 47,24 | 60,59 | 95,51 | 123,24 |
Aula Zaragoza | — | 70,86 | 92,43 | 143,78 | 183,83 |
Aula Mirador | — | 89,35 | 115,02 | 179,73 | 230,05 |
Todas las tarifas incluyen IVA, están referidas al precio por día o fracción de día. No incluyen los diferentes gastos específicos que genere el desarrollo de la actividad en los museos y centro de historia, tales como servicio de personal y/o de vigilancia, limpieza de los espacios, montajes y desmontajes, mobiliario suplementario, equipos de sonido, etc.
En el caso del Centro de Historia, las tarifas incluyen:
Las instalaciones de iluminación megafonía y elementos audiovisuales existentes en las salas y para el salón de actos, un técnico de mantenimiento, aportando la entidad el personal técnico adecuado para la regiduría y organización del acto.
Todo el equipamiento técnico y el personal suplementario que se requiera para la actividad serán por cuenta del organizador y a su cargo y se adecuara a las directrices del personal técnico del CENTRO DE HISTORIA.
El material informático, portátil y similares será aportado por el organizador.
El organizador conoce el aforo y se compromete a no superar el mismo, el incumplimiento de este apartado puede conllevar la suspensión de la actividad.
Con carácter general las actividades se adecuarán al horario del centro.
- A. Cesión gratuita Cuando el organizador sea una asociación, un colectivo cultural o social sin ánimo de lucro, y no genere costes económicos por el uso del equipamiento, ni se pretenda generar ingresos. Para la aplicación de estas tarifas en este caso requerirá acuerdo expreso. Cuando el organizador sea un servicio o entidad del ámbito del Ayuntamiento de Zaragoza (Patronatos, Sociedades y similares). Las presentaciones de cortos, documentales, etc., a través del Laboratorio de Audiovisuales del Centro de Historia.
- B. Tarifa especial Cuando el organizador sea una asociación, un colectivo cultural o social sin ánimo de lucro, declaradas de interés general y de carácter social. Dicha declaración deberá acreditarse documentalmente y la actividad conlleve la generación de ingresos por parte del organizador. Cuando el organizador sea una administración publica u organismos dependientes de las mismas sin ánimo de lucro. Cuando el organizador sea una entidad o asociación de carácter profesional o similar y la actividad no conlleve la generación de ingresos.
- C. Tarifa normal
Cuando el organizador sea una asociación, empresa, organización o colectivo con ánimo de lucro, independientemente del carácter de la actividad.
Cuando el organizador sea una persona física independientemente del carácter de la actividad.
Todas las solicitudes deberán presentarse por escrito o correo electrónico en el CENTRO DE HISTORIA y en el Servicio de Cultura en al caso de alquiler de salas en los Museos Municipales, al menos con 15 días de antelación explicando claramente:
- El motivo de la solicitud.
- Las características de la entidad o persona física o jurídica que la solicita.
- Las fechas y el horario de la actividad.
- Necesidades técnicas y de equipamiento.
Forma de pago
Se realizará por adelantado, en el momento en que se firme el conforme de la cesión del espacio solicitado, mediante abono de recibo específico, para confirmar la reserva de utilización del espacio en cualquiera de las modalidades contempladas en las tarifas. * I.V.A. INCLUÍDO en todas las tarifas
6) CONCIERTOS
Los conciertos que gestione esta Sociedad se realizarán en diversos espacios de la ciudad, algunos de ellos no municipales. El precio de la entrada y el coste del Servicio vendrán determinados en cada caso, en función de los cachets de los artistas, de la infraestructura imprescindible y de la capacidad del local necesaria para la realización de las actuaciones.
Tarifa de precios por alquiler de materiales, equipos y otros servicios adicionales prestados por la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural S.A. con ocasión de los conciertos que gestione la Sociedad.
Euros | |
---|---|
Escenarios: | |
Escenario móvil cubierto (6 x 7 m) transporte incluido | 975,91 |
Escenario fijo (16 x 14 x 1,8 m) con rampa, escalera, mixer y 2 alas de 5 x 4 x 1,8 m) transporte incluido | 4666,02 |
Equipos Audiovisuales: | |
Pantalla de proyección 1,8 m x 1,8 m | 37,74 |
Proyector de vídeo 1.500 Lúmenes | 445.46 |
Monitor TV 28" estéreo | 92,74 |
Monitor TV 21" | 69,01 |
Monitor TV 14" | 46,37 |
Reproductor D.V.D. | 100,29 |
PC Portátil Centrino 1,4 Ghz. Wi-Fi | 124,01 |
Equipo de sonido móvil. 600 vatios | 402,22 |
Varios: | |
Técnico de producción (concierto tipo) | 2588,04 |
Sillas (por unidad y día, no incluido el transporte) | 1,08 |
* I.V.A. INCLUÍDO en todas las tarifas
7) BALCÓN DE SAN LAZARO
Tarifa | General Euros | Niños hasta 8 años, Jubilados y Desempleados Euros |
---|---|---|
1,00 | - |
IV. ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LOS CENTROS CÍVICOS
La prestación de servicios a la que se refiere esté epígrafe se realizará siempre con carácter puntual y de forma ordinaria dentro de los horarios normalizados de apertura de los Centros Cívicos, los cuales vienen determinados por el Servicio de Centros Cívicos del Ayuntamiento de Zaragoza.
Dada la naturaleza pública, sociocultural y gratuita de los diversos servicios ofertados por los Centros Cívicos, el uso de los espacios públicos sujetos a tarifas por uso particular o privado no tendrá nunca prioridad sobre los anteriores, y en todo caso, será a criterio del Servicio de Centros Cívicos del Ayuntamiento de Zaragoza la concesión del espacio solicitado en función de sus posibilidades organizativas.
Las tarifas establecidas en la presente Ordenanza no incluyen los gastos que puedan derivarse del uso de los espacios de Centros Cívicos. Los permisos especiales, el pago de impuestos, el canon de derechos de autor, y otros que puedan originarse, correrán a cargo del beneficiario del espacio.
En todos los casos, y especialmente en los de carácter comercial, el solicitante deberá acreditar su habilitación legal para realizar tanto la solicitud como la actividad misma objeto de solicitud.
Las actividades municipales programadas que requieran pago de entrada tendrán un precio público según el coste del caché pagado, de la infraestructura necesaria y de la naturaleza de las actuaciones.
La normativa de cesión de espacios de Centros Cívicos se encuentra regulada en el Procedimiento de Gestión de Espacios del Servicio de Centros Cívicos, así como en el Reglamento de Centros Cívicos.
1. Tarifa por la cesión de los salones de actos/salas polivalentes de Centros Cívicos para realizar actividades de interés social, cívicas o socioculturales, abiertas al público, y que generen ingresos al beneficiario de la cesión:
102,70euros
Estarán exentos del pago de la tarifa las Entidades sociales que acrediten ser una entidad declarada de interés público.
2. Tarifas por la cesión de espacios de Centros Cívicos para realizar actividades que obedecen a intereses particulares o privados del organizador y/o cuando el desarrollo de las actividades genere ingresos a los beneficiarios de la cesión.
Lugar/tiempo | Euros | Jornada | Euros |
---|---|---|---|
Sala 3 horas: | 41,10 | Media Jornada | 82,15 |
Salón de Actos: 3 horas: | 82,15 | Media Jornada | 164,30 |
Lugar/tiempo | Euros | Jornada | Euros |
---|---|---|---|
Sala media jornada: | 82,15 | Una jornada | 123,25 |
Salón de Actos media jornada | 143,80 | Una jornada | 205,40 |
Lugar/tiempo | Euros | Jornada | Euros |
---|---|---|---|
Salón de Actos media jornada | 102,70 | Una jornada | 143,80 |
Lugar | Jornada | Euros | Jornada | Euros |
---|---|---|---|---|
Salón de Actos: | Media Jornada | 102,70 | Una Jornada | 143,80 |
Lugar | Jornada | Euros | Euros | Euros |
---|---|---|---|---|
Salón de Actos: | Media Jornada | 102,70 | Una Jornada | 143,80 |
Lugar | Jornada | Euros |
---|---|---|
Salón de Actos con butacas: | -Media Jornada -Una Jornada |
123,25 205,40 |
Sala o espacio polivalente | 389,25 euros/día | |
Pabellón Sociocultural de Casetas (gran aforo): | 1.027,00 euros/día |
2.7 Actividades formativas que, en virtud de la naturaleza de la actividad (puntual/estable), la tarifa a aplicar será:
- a) Actividades formativas estables: 4 euros/hora por la cesión de espacios a entidades sociales beneficiarias de espacios de Centros Cívicos para realizar actividades formativas estables, siempre y cuando la actividad genere ingresos a la entidad organizadora beneficiaria de la cesión.
- Se consideran actividades estables aquellas que realizan las entidades sociales y servicios municipales que han concurrido en la convocatoria anual de cesión de espacios para actividades estables en Centros Cívicos.
- Esta tarifa se aplicará a la entidad social organizadora de la actividad formativa, no al usuario que se inscribe en ésta.
- Estarán exentos del pago de la tarifa las Entidades sociales que acrediten ser una entidad declarada de interés público.
- b) Actividades formativas puntuales: Por la cesión de espacios a entidades sociales que cumplan los requisitos exigidos. ntidades sociales, empresas y personas físicas, que cumplan los requisitos exigidos, para realizar actividades formativas puntuales.
Lugar | Jornada | Euros |
---|---|---|
Sala: | Media Jornada Una Jornada |
15,40 30,80 |
Salón de Actos: |
|
|
Esta tarifa se aplicará al organizador de la actividad formativa, no al usuario que se inscribe en ésta.
2.8 Entrenamientos deportivos que se realizarán únicamente en aquellos espacios adecuados a la práctica deportiva (Pabellones gestionados por Centros Cívicos) y por parte de grupos que tengan dificultad en asistir a un equipamiento municipal específico.
Categoría | Euros/Hora |
---|---|
Absoluta | 5,15 |
Juvenil | 2,55 |
Estarán exentos del pago de la tarifa los beneficiarios de la cesión que realicen actividades que tengan un destino solidario de especial consideración.
V. PRESTACIÓN DE SERVCIOS EN LOS CENTROS DE ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS
Tasas | Euros |
---|---|
1.-Apertura de expediente | 24,00 |
2.- Carnet de alumno | 6,00 |
3.- Expedición de certificados | 6,00 |
Alumnos con renta "per cápita" inferior a 344.50 euros mensuales | --- |
Euros | |
---|---|
A) DEPARTAMENTO DE FOLKLORE | |
1.- Práctica instrumental: | |
Ciclo BáSICO Niveles I, II y III |
163,20 |
Ciclo MEDIO Niveles I, II y III |
203,95 |
Ciclo de ampliación Niveles I, II y III y IV |
235.70 |
Alumnos con renta "per cápita" inferior a 344.50 euros mensuales | --- |
2.- Conjunto instrumental: |
|
Sólo para alumnos que hayan finalizado 5º curso de cualquier asignatura del Departamento, y colaboren en las actividades externas programadas por la Escuela. | --- |
B) DEPARTAMENTO DE FORMACIóN MUSICAL Y DANZA CLáSICA | |
1.-Música y Movimiento: | |
Niveles I, II, III y IV | 74,00 |
2.- Danza infantil: | |
Niveles I y II | 75,35 |
3.-Práctica Instrumental | |
Ciclo BáSICO Niveles I al V |
163,20 |
Ciclo MEDIO Niveles I al III |
203,95 |
Ciclo de ampliación Niveles I y II |
235,70 |
Alumnos con renta "per cápita" inferior a 344.50 euros mensuales | --- |
C) DEPARTAMENTO DE MúSICA MODERNA | |
1.-Práctica Instrumental | |
Ciclo BáSICO Niveles I al V |
163,20 |
Ciclo MEDIO Niveles I, II y III |
203,95 |
Ciclo de ampliación Nivel I, II y III |
235,70 |
Alumnos con renta"per cápita" inferior a 344,50 euros mensuales | --- |
2.- Conjunto instrumental | |
Sólo para alumnos que hayan finalizado 5º curso de cualquier asignatura del Departamento, y colaboren en las actividades externas programadas por la Escuela. |
Actividades Complementarias
81,00 euros.
Epígrafe | Euros |
---|---|
1.-Reconocimiento Médico para los:
|
34,45 |
ENSEñANZA ELEMENTAL | |
Prueba de acceso a curso distinto de primero | 12,00 |
Primer curso | 147,15 |
Segundo curso | 196,30 |
Tercer curso | 245,25 |
Cuarto curso | 294,25 |
Asignatura pendiente | 62,90 |
Alumnos con renta "per cápita" inferior a 344.50 euros mensuales | --- |
ENSEñANZA PROFESIONAL |
|
Prueba de acceso a Enseñanza Profesional |
44,50 |
* Primer curso | 380,00 |
* Segundo curso | 404,00 |
* Tercer curso | 483,00 |
* Cuarto curso | 499,00 |
* Quinto curso | 654,00 |
* Sexto curso | 654,00 |
Asignatura pendiente | 69,00 |
Alumnos con renta "per cápita" inferior a 344.50 euros mensuales | --- |
* CURSO DE AMPLIACIóN | 499,00 |
* Estas tarifas podrán abonarse en dos plazos.
En cuanto al título oficial, en su caso, las tarifas correspondientes se abonarán en la cuantía y forma que determine el Ministerio de Educación y Cultura.
Epígrafe | Euros |
---|---|
1*.- Derechos de matrícula en 1er curso | 600,90 |
2*.- Derechos de matrícula en 2º curso | 600,90 |
3*.-Derechos de matrícula en 3er curso | 600,90 |
4.- Asignatura pendiente | 67,00 |
5*.- Estudios superiores *Esta tarifa podrá ser abonada en dos plazos |
903,75 |
6.-Pruebas de acceso a estudios superiores | 49,00 |
7.- Gasto de material, para todos los cursos | 20,00 |
Alumnos con renta "per cápita" inferior a 344.50 euros mensuales | --- |
El abono de los derechos de matrícula se podrá realizar en dos plazos.
Epígrafe | Euros |
---|---|
ENSEñANZA ELEMENTAL | |
Prueba de acceso a curso distinto de primero | 12,00 |
Primer curso | 108,45 |
Segundo curso | 160,40 |
Tercer curso | 212,35 |
Cuarto curso | 264,20 |
Asignatura pendiente | 99,15 |
Gasto de material, para todos los cursos | 20,00 |
Alumnos con renta "per cápita" inferior a 344.50 euros mensuales | --- |
APLICACIONES ESPECÍFICAS | |
1º.- Alumnos repetidores de instrumento que quieran asistir a clase de Lenguaje Musical o de Coro, abonarán curso completo | |
2º.- Ex-alumnos que quieran asistir de oyentes a alguna asignatura abonarán el precio de asignatura pendiente | 99,15 |
3º.- Aquellas personas que quieran matricularse (no han sido alumnos) de alguna asignatura como oyente, abonarán el precio de la asignatura pendiente más el 20% de recargo | 114,00 |
4º.- Colaboradores de Grupos Instrumentales, Bandas, Coros, etc. Estarán exentos de pago |
Cursillos y cursos específicos de carácter complementario
Dependiendo de las características de los mismos (duración, especialista que los imparta, limitación en el número de asistencias, etc.), serán de aplicación las siguientes tarifas para alumnos de fuera del centro:
Curso | Precio |
---|---|
c.1.- | 30,00 euros |
c.2.- | 45,00 euros |
c.3.- | 65,00 euros |
c.4.- | 85,00 euros |
c.5.- | 100,00 euros |
c.6.- | 130,00 euros |
c.7.- | 180,00 euros |
c.8.- | 210,00 euros |
c.9.- | 260,00 euros |
c.10.- | 300,00 euros |
Los alumnos del centro abonarán un 50% de las tarifas anteriormente indicadas.
La gestión económica de las tarifas de cursos y actividades complementarias, serán realizadas a través del Patronato Municipal de Educación y Bibliotecas.
El pago del Precio Público se realizará por adelantado en el momento de la matriculación, como trámite previo a la prestación del servicio.
Los alumnos que hayan obtenido beca, con el acuerdo de concesión, deberán requerir la devolución de la matrícula realizada.
Criterios para aplicación de Tarifas a alumnos con renta "per cápita"inferior a 344.50 euros mensuales:
- En el supuesto de matrícula en el primer curso, se requerirá que la renta per cápita no sea superior a 344.50 euros mensuales, entendiendo por renta "per cápita" la cuantía resultante de dividir la base imponible declarada en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio anterior al que se pide la beca, por el período de doce meses y por el número de miembros que componen la unidad familiar. En el caso de no realizar declaración del I.R.P.F., y al objeto de poder acreditar los ingresos de la unidad familiar, deberán aportar cualquier otro documento oficial expedido por la agencia tributaria correspondiente.
- Para los cursos siguientes, se requerirá, además de los requisitos señalados anteriormente, haber pasado de curso con la calificación de "apto" en todas las asignaturas que componen el mismo.
Todas estas tarifas quedan referidas al período comprendido en el curso académico.
Bonificaciones y Exenciones del Precio Público.
- Se aplicará una bonificación del 50% de la tarifa a las familias numerosas, en virtud de lo dispuesto en el art. 12.2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, previa justificación, mediante la aportación de fotocopia del carnet de familia numerosa en vigor y a las familias monoparentales mediante la aportación de la fotocopia del libro de familia o documento acreditativo oficial correspondiente de familia monoparental.
- Estarán exentos del pago de la tarifa:
- Las Familias numerosas de categoría especial, en virtud de lo dispuesto en el art. 12.2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, previa justificación, mediante la aportación de fotocopia del carnet de familia numerosa en vigor.
- Los alumnos con minusvalía igual o superior al 33%, en virtud de lo dispuesto en el art. 30 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, previa justificación, mediante la aportación de fotocopia de la Resolución de reconocimiento de minusvalía dictada por el IASS u organismo público equivalente en vigor.
- Las víctimas del terrorismo, así como cónyuge e hijos, en virtud de lo dispuesto en el art. 7 de la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de solidaridad con las víctimas del terrorismo, previa justificación, mediante la aportación de fotocopia de la Resolución administrativa de reconocimiento de la condición de víctima del terrorismo.
- Los alumnos que no estén empadronados en la Ciudad de Zaragoza, tendrán un recargo del 50% del importe regulado en las tarifas.
A los precios públicos de cursos/cursillos y actividades complementarias no se le aplicarán las bonificaciones ni exenciones anteriormente señaladas.
ACTIVIDAD | TARIFAS x PERSONA/EUROS IVA INCLUIDO |
---|---|
A | - |
B | 1 |
C | 2 |
D | 3 |
E | 4 |
F | 5 |
ALQUILER DE SALAS EN LOS CENTROS DE ENSEñANZAS ARTíSTICAS.
Esta prestación de servicios se realizará siempre con carácter puntual y de forma ordinaria dentro de los horarios normalizados de apertura de los Centros de Enseñanzas Artísticas, los cuales vienen determinados por el Servicio de Educación del Ayuntamiento de Zaragoza, y dada la naturaleza pública, sociocultural de la mayor parte de los diversos servicios ofertados por dichos centros, los servicios a los que se refiere este texto, en caso de los usos con fines privados, no tendrán nunca prioridad sobre los anteriores, y en todo caso, será a criterio del Servicio de Educación del Ayuntamiento de Zaragoza la concesión del espacio solicitado en función de sus posibilidades organizativas.
- Alquiler de las salas para jornadas, ensayos, cursos, etc, cuando el organizador sea una entidad con ánimo de lucro, las tarifas son las siguientes:
Tarifas Euros/día Euros/Mañana/Tarde Euros/Sesión (máximo 2h) CONSERVATORIO MUNICIPAL PROFESIONAL DE DANZA Aulas Grandes 105,00 65,00 26,00 Aulas Medianas 78,00 53,00 19,00 CONSERVATORIO MUNICIPAL ELEMENTAL DE MUSICA Aulas Grandes 78,00 53,00 26,00 Aulas Pequeñas 53,00 33,00 19,00 ESCUELA MUNICIPAL DE MúSICA Y DANZA Aulas Grandes 78,00 53,00 26,00 Aulas Pequeñas 53,00 33,00 19,00 ESCUELA MUNICIPAL DE TEATRO Aulas Grandes 78,00 53,00 26,00 Aulas Pequeñas 53,00 33,00 19,00 Aula de Canto 78,00 53,00 26,00 - Cuando el organizador sea una Asociación de Vecinos, un partido político, un sindicato o una entidad cultural o social sin ánimo de lucro, siempre y cuando no se generen costes económicos por el uso del equipamiento, ni se pretenda generar ingresos, se considera la cesión gratuita bajo las condiciones establecidas por el área de Cultura y Educación. También tendrá esta consideración la cesión cuando aún pretendiendo generar ingresos éstos tengan un destino solidario de especial consideración.
Los gastos extraordinarios originados por la seguridad, limpieza y asistencias técnicas externas, cuando se precisen, serán por cuenta de la entidad organizadora.
Corresponderá igualmente a la entidad organizadora la obtención de los permisos necesarios para el desarrollo de la actividad, el pago de los impuestos correspondientes y la satisfacción del canon derivado de los derechos del autor.
Forma de pago
Se realizará por adelantado en el momento que se firme el conforme de la cesión del espacio solicitado, mediante el abono de recibo específico para confirmar la reserva de utilización del espacio en cualquiera de las modalidades contempladas en las tarifas.
VI. PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES
- La prestación del servicio coincide con el curso académico escolar (septiembre-junio) por lo que las tarifas de esta Tasa serán las correspondientes al curso 2013-14, pudiéndose efectuar las modificaciones que sobre las mismas se consideren oportunas por parte del órgano competente para el curso siguiente.
- Se entiende por renta mensual por persona, el importe resultante de dividir la suma de las Bases Liquidables General y del Ahorro declaradas en la última liquidación del IRPF por doce meses y el número de miembros que componen la unidad familiar. La cuota así calculada se mantendrá vigente durante todo el curso escolar, modificándose exclusivamente como consecuencia de un aumento del numero de miembros que componen la unidad familiar.
- El pago se realizará mediante recibo mensual domiciliado en Entidad Bancaria por mensualidad anticipada durante la primera semana del mes. La falta de pago de dos mensualidades consecutivas conlleva la pérdida del derecho a la prestación del servicio. La retirada del alumno del Centro deberá ser comunicada por escrito a la Dirección del mismo antes del día 25 de cada mes. En caso de incumplimiento de esta obligación, el Patronato facturará el recibo correspondiente a la siguiente mensualidad.
- El Consejo del Patronato Municipal de Educación y Bibliotecas, podrá conceder un máximo de 200 becas completas, incluyendo la concesión de medias becas equivalentes al 50 % de la cuota. No se concederán otro tipo de ayudas.
- En el momento de tramitar la solicitud de plaza, deberá abonarse en concepto de matrícula y seguro escolar, la cantidad de 15,00 euros.
- Las familias numerosas de categoría especial, quedarán exentas del pago de la Tasa, en virtud de lo dispuesto en el art. 12.2 de la Ley 40/2003 de 18 de noviembre de protección a las familias numerosas. En todo caso la condición de familia numerosa, deberá acreditarse mediante la presentación en el momento de la matricula del correspondiente libro oficial de familia numerosa expedido por la D.G.A., en vigor siempre que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en la Ciudad de Zaragoza.
- La condición de familia monoparental deberá acreditarse mediante la presentación en el momento de la matricula del correspondiente libro de familia o documento acreditativo correspondiente, en vigor siempre que todos los miembros de la misma estén empadronados en Zaragoza.
- Las familias no empadronadas en la Ciudad de Zaragoza que escolaricen a un niño en las Escuelas Infantiles Municipales, tendrán un recargo del 50 % del importe regulado en la tarifa general.
RENTA PER CáPITA | Cuota General Euros | Cuota Familia Numerosa/ familia monoparental/o segundo y siguientes hermanos en el centro/ o parto múltiple Euros |
---|---|---|
Hasta 214 euros | 57,00 | 28,50 |
De 215 a 270 euros | 80,00 | 40,00 |
De 271 a 346 euros | 103,00 | 51,50 |
De 347 a 397 euros | 134,00 | 67,00 |
De 398 a 468 euros | 159,00 | 79,50 |
De 469 a 535 euros | 189,00 | 94,50 |
De 536 a 600 euros | 214,50 | 107,25 |
De 601 a 672 euros | 237,00 | 118,50 |
De 673 euros a 900 euros | 254,00 | 127,00 |
Más de 901 euros | 254,00 | 254,00 |
VII. PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA UNIVERSIDAD POPULAR
- La prestación del servicio coincide con el curso académico escolar (septiembre-junio) por lo que las tarifas de esta Tasa serán las correspondientes al curso 2013/14, pudiéndose efectuar las modificaciones que sobre las mismas se consideren oportunas por parte del órgano competente para el curso siguiente.
- La condición de familia numerosa o familia monoparental, deberá acreditarse mediante la presentación en el momento de la matricula del correspondiente libro oficial de familia numerosa expedido por la D.G.A. en vigor o fotocopia del libro de familia o documento acreditativo oficial correspondiente de familia monoparental, siempre que todos los miembros de la familia estén empadronados en Zaragoza. Así mismo la situación de jubilado y desempleado se acreditará mediante la presentación de la tarjeta de pensionista o tarjeta desempleo en vigor.
- El pago se realizará por anticipado mediante abono en la entidad bancaria en el plazo y forma que el Patronato determine. La falta de pago de la correspondiente tasa conlleva la pérdida del derecho a la prestación del servicio que al interesado le pudiera corresponder.
- Los participantes que no estén empadronados en la Ciudad de Zaragoza, tendrán un recargo del 50% del importe regulado en la tarifa general del Precio Público por la prestación del Servicio.
Epígrafe | 8 meses Euros | 4 meses Euros | 2 meses Euros |
---|---|---|---|
Cursos | 144,00 | 72,00 | 36,00 |
Epígrafe | 8 meses Euros | 4 meses Euros | 2 meses Euros |
---|---|---|---|
Cursos | 82,00 | 41,00 | 20,50 |
Las tarifas específicas para familias numerosas, serán igualmente de aplicación a las parejas estables no casadas, en idénticas circunstancias.
VIII. PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN CENTROS DEPORTIVOS MUNICIPALES
Están obligados al pago quienes utilicen los Centros Deportivos Municipales propiedad o gestionados por el Ayuntamiento de Zaragoza a través del Servicio Municipal de Instalaciones Deportivas.
La obligación de pago nace cuando se solicite la utilización de los espacios y servicios del Centro Deportivo Municipal.
1.- ACREDITACION DE CONDICIONES PARTICULARES
1.1. Edad
Para la acreditación de las condiciones de edad que generan tipos de tarifa diferenciados, podrá exigirse por el personal de servicio la presentación in situ de documento acreditativo suficiente de las mismas (D.N.I., Carnet de conducir, ...), siendo su presentación inexcusable para la concesión del servicio en tal caso. Los años de referencia se consideran ambos inclusive.
1.2. Pensionistas
Para la acreditación de la condición de pensionista que genera tipo de tarifa específico, se exigirá, además de la acreditación personal del mismo (D.N.I., Carnet de conducir, ...), la presentación in situ de documento acreditativo de la condición de perceptor de prestaciones económicas periódicas contributivas o no, entendiendo por tales cualquiera de los que a continuación se relacionan, siendo su presentación inexcusable para la concesión del servicio en tal caso.
- Comunicación escrita de la Seguridad Social acreditativa de la condición de pensionista del solicitante.
- Cartilla de la Seguridad Social donde aparezca el titular y las personas a su cargo, entre las que figure el solicitante.
- Tarjeta individual de la Seguridad Social donde el solicitante tenga la condición de pensionista o documento similar expedido por M.U.F.A.C.E./I.S.F.A.S.
1.3. Familia Numerosa
La solicitud de abonos de temporada para miembros de familias numerosas deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Título o tarjeta oficial de Familia Numerosa expedido por la Diputación General de Aragón actualizado.(serán igualmente de aplicación a las parejas estables no casadas, en idénticas circunstancias).
- Las unidades familiares monoparentales podrán acogerse a las tarifas de abonado de Familia Numerosa o de ingresos inferiores al doble del S.M.I. o al S.M.I. cuando cumplan los requisitos generales anteriores.
1.4. Minusvalía
Para la acreditación de la situación de minusvalía que pueda generar un tipo de tarifa reducida, se exigirá, además de la acreditación personal del mismo (D.N.I., Carnet de conducir, ....), la entrega de fotocopias compulsadas de la certificación de minusvalía vigente y del dictamen técnico facultativo o Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad reconocidos por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales u organismo competente de la Diputación General de Aragón o de otras Comunidades Autónomas. Los pensionistas de clases pasivas con discapacidad tendrán obligación de presentar la tarjeta acreditativa de pensionista de clase pasiva y la resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo la incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
En el supuesto de que la persona discapacitada necesite el concurso de una tercera persona como acompañante, su acceso será gratuito siempre que el discapacitado acredite, cada vez que acceda al centro deportivo, los siguientes requisitos:
- Para los discapacitados mayores de edad: un grado mínimo de discapacidad global del 75% o que en el apartado "Necesidad de concurso de 3º person" presente un mínimo de 15 puntos. Si tiene tarjeta acreditativa de grado de discapacidad tendrá que poner SI en el apartado de 3º persona.
- Para los discapacitados menores de 18 años: un grado mínimo de discapacidad global del 50%.
1.5. Renta
La solicitud de abonos de temporada para miembros de familias cuyos ingresos, por unidad familiar, sean inferiores al dobe del S.M.I. o al S.M.I., deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Certificado Familiar de empadronamiento.
- Justificación de Ingresos de la Unidad Familiar, pudiendo presentar cualquiera de los siguientes documentos:
- Última Declaración de la Renta de las Personas Físicas. Cuando los contribuyentes hayan optado por la modalidad separada, se aportarán las declaraciones de todos los miembros de la unidad familiar. En el caso de estar exentos de realizar dicha declaración, deberán autorizar al Exmo. Ayuntamiento mediante formulario que se facilitará en el centro de expedición del Abono, para recabar por vía telemática, a través de la Delegación de la Agencia Tributaria, la Certificación de imputaciones de la unidad familiar.
- Resolución que reconozca el derecho a percibir la Prestación Económica del IAI en el momento de la solicitud del Abono Los ingresos se computarán según la legislación fiscal aplicable
1.6. Empadronamiento
Las tarifas con descuento por razón de nivel de ingresos, minusvalías, pertenencia a familia numerosa y otras circunstancias, se aplicarán exclusivamente a empadronados en la ciudad de Zaragoza.
Para acreditar dicha condición será obligatoria la presentación de la Tarjeta Ciudadana.
De igual modo se solicitará la Tarjeta Ciudadana para la expedición de abonos individuales como medio de acreditación del empadronamiento del / la solicitante
2. MODALIDADES DE UTILIZACION
2.1. Utilización no periódica: El importe del Precio Público deberá ser satisfecho por adelantado, mediante el abono de recibo específico, o en efectivo para confirmar la reserva de utilización del espacio deportivo, para todas las modalidades (utilización individual, actividades deportivas y no deportivas, actividades extraordinarias).
2. 2. Utilización periódica con reserva de uso. El pago del precio podrá realizarse:
2.2.1. Por adelantado, satisfaciendo la cantidad estimada al ser concedida la reserva para un período de tiempo concreto, practicando, en su caso, al final de éste la liquidación que proceda.
2.2.2. Mediante recibo bimestral a través de domiciliación de entidad bancaria autorizada. La falta de pago de cualquiera de las cuotas originará la suspensión de la prestación del servicio, además de la apertura del procedimiento recaudatorio ejecutivo.
3. TARIFAS
3. 1. Usos Individuales
Piscinas Verano | Tarifa Adultos nacidos desde 1950 hasta 1995 Euros | Tarifa Joven nacidos desde 1996 hasta 2008 Euros | Nacidos antes de 1950 y/o pensionistas Euros |
---|---|---|---|
Entrada individual lunes-viernes | 3,60 | 2,50 | 2,30 |
Entrada individual sábado-domingo y festivos | 4,30 | 2,80 | 2,50 |
Bono 10 accesos | 28,30 | 14,70 | 10,70 |
Abono temporada piscina verano |
77,00 | 46,30 | 35,00 |
Abono para miembros de familias con ingresos, por unidad familiar, inferiores al doble del S.M.I. y para personas con minusvalía del 33% al 49%; miembros de Familias Numerosas |
51,20 | 30,70 | 30,70 |
Abono para miembros de familias con ingresos, por unidad familiar, inferiores al S.M.I. | 33,80 | 21,00 | 21,00 |
Abono para personas con minusvalía desde el 50% | 18,00 | 12,00 | 12,00 |
Entrada individual Centros de Tiempo Libre,Educación de Calle, programa Zaragalla y Entidades integración discapacitados | No existe | 0,60 | No existe |
Entrada individual programa Escuela Abierta (D.G.A.- A.P.A.S.) y Colonias Juntas Distrito | No existe | 1,00 | No existe |
Entrada individual programas infancia Entidades Sociales | No existe | 1,30 | No existe |
Alquiler tumbona. Módulo 1/2 jornada | 1,20 | 1,20 | 1,20 |
Alquiler tumbona. Módulo jornada completa | 1,80 | 1,80 | 1,80 |
Piscinas Cubiertas | Tarifa Adultos nacidos desde 1950 hasta 1995 Euros | Tarifa Joven nacidos desde 1996 hasta 2008 Euros | Nacidos antes de 1950 y/o pensionistas Euros |
---|---|---|---|
Entrada individual | 4,10 | 3,00 | 2,50 |
Bono 10 accesos | 31,50 | 21,60 | 14,90 |
Abono anual ordinario |
161,00 | 108,00 | 75,00 |
Abono anual para miembros de familias con ingresos, por unidad familiar, inferiores al doble del S.M.I. y para personas con minusvalía del 33% al 49%; miembros de Familia Numerosa |
119,00 | 78,00 | 75,00 |
Abono anual para miembros de familias con ingresos, por unidad familiar, inferiores al S.M.I. | 76,00 | 49,00 | 49,00 |
Abono anual para personas con minusvalía desde el 50% |
37,00 | 32,00 | 32,00 |
Balnearios Urbanos + Piscinas | Tarifa Adultos nacidos desde 1950 hasta 1995 Euros | Tarifa Joven nacidos desde 1996 hasta 2008 Euros | Nacidos antes de 1950 y/o pensionistas Euros |
---|---|---|---|
Entrada individual balneario urbano + piscina |
11,00 | 9,20 | 8,00 |
Bono 5 Accesos balneario urbano + piscina | 45,00 | 45,00 | 35,00 |
Bono 10 Accesos balneario urbano + piscina | 85,00 | 85,00 | 53,00 |
Abono anual balneario urbano + piscina | 265,00 | 265,00 | 143,10 |
Abono anual balneario urbano + piscina para miembros de familias con ingresos, por unidad familiar, inferiores al doble del S.M.I.; para personas con minusvalía del 33% al 49%; miembros de Familia Numerosa |
195,00 | 195,20 | 127,20 |
Abono anual balneario urbano + piscina para miembros de familias con ingresos, por unidad familiar inferiores al S.M.I. , y para personas con minusvalía desde el 50% |
127,00 | 127,00 | 86,90 |
Fiestas acuáticas | 5,20 | 5,20 | 5,20 |
Pérdida de llave taquilla |
12,00 | 12,00 | 12,00 |
Fianza tarjeta | 2,00 | 2,00 | 2,00 |
Gorro baño | 2,20 | 2,20 | 2,20 |
Chancletas | 2,20 | 2,20 | 2,20 |
Calzas baño | 3,50 | 3,50 | 3,50 |
Pistas y otros espacios deportivos | Tarifa Adultos nacidos desde 1950 hasta 1995 Euros | Tarifa Joven nacidos desde 1996 hasta 2008 Euros | Nacidos antes de 1950 y/o pensionistas Euros |
---|---|---|---|
Pista cemento tenis, pádel y frontón descubierto. 1 hora |
5,70 | 3,70 | 3,70 |
Pistas tenis tierra batida, hierba artificial. 1 hora | 7,70 | 5,30 | 5,30 |
Pistas de Pádel césped artificial. 1 hora | 10,95 | 9,85 | 9,85 |
Frontón cubierto. 1 hora | 11,30 | 7,70 | 7,70 |
Individual no federado pista atletismo C.D.M. La Granja. 1 hora | 1,50 | 1,50 | 1,50 |
Acceso individual federado Rocódromo, 2 horas | 1,70 | 1,70 | 1,70 |
Individual Bulder. 2 horas | 2,80 | 2,80 | 2,80 |
Bono 10 usos individual Bulder, 2 horas |
22,10 | 22,10 | 22,10 |
Uso pérgolas y espacios no deportivos para actos sociales, 1 hora |
30,00 | 16,00 | 16,00 |
Acceso vestuarios, guardarropa, ducha | 1,20 | 1,20 | 1,20 |
3.2.Usos por Federaciones, Clubes, Entidades y Asociaciones
Usos Federaciones, Clubes, Entidades y Asociaciones | Promoción deportiva | Convenios | Ordinario | ||
---|---|---|---|---|---|
Categorías Absolutas Adultos nacidos hasta 1995 | Categorías hasta Juvenil Inclusive desde 1996 | Categorías Absolutas Adultos nacidos hasta 1995 | Categorías hasta Juvenil Inclusive desde 1996 | ||
PABELLONES DEPORTIVOS | |||||
Entrenamientos (1 hora) | |||||
Pista completa/hora | 23,10 | 11,60 | 13,95 | 7,10 | |
1/2 pista/hora | 11,80 | 6,60 | 7,10 | 4,10 | |
1/3 pista/hora | 8,70 | 4,60 | 5,25 | 2,80 | |
Partidos (15 minutos) | |||||
Con taquilla | 14,90 | 7,60 | 9,15 | 4,70 | |
Sin taquilla | 7,70 | 3,90 | 4,70 | 2,60 | |
Actividades no deportivas / Deporte espectáculo 1 hora | |||||
Con taquilla | 127,30 | 127,30 | No existe | No existe | |
Sin taquilla | 49,30 | 49,30 | No existe | No existe | |
PABELLON "A" C.D.M. SIGLO XXI | |||||
Entrenamientos pista central (1 hora) | 44,00 | 44,00 | No existe | No existe | |
Entrenamiento 1/2 pista/hora | 25,00 | 25,00 | No existe | No existe | |
Competiciones deportivas/partido | 465,00 | 465,00 | No existe | No existe | |
Competiciones partido, sin público | 116,00 | 116,00 | No existe | No existe | |
Actividades no deportivas sin taquilla 1/2 jornada | 900,00 | 900,00 | No existe | No existe | |
Actividades no deportivas con taquilla 1/2 jornada | 1.500,00 | 1.500,00 | No existe | No existe | |
PISTAS POLIDEPORTIVAS AIRE LIBRE | |||||
Polideportivas 1 hora | 7,70 | 3,90 | 4,70 | 2,60 | |
Actividades no deportivas 1 hora | 18,00 | 18,00 | 11,20 | 11,20 | |
PISTAS RAQUETA (FRONTÓN - TENIS) | |||||
Tenis cemento y frontón descubierto 1 hora | 5,00 | 3,50 | 4,70 | 2,60 | |
Frontón cubierto 1 hora | 11,00 | 7,50 | 10,00 | 7,00 | |
Tenis césped artificial, tierra batida 1 hora | 7,50 | 5,00 | 7,00 | 4,00 | |
PISTA ATLETISMO C.D.M. LA GRANJA | |||||
Entrenamientos (1 hora): 25 pers. máx. | 22,50 | 7,70 | 14,10 | 4,80 | |
Entrenamientos (1,30 h): 25 pers. máx. | 34,90 | 11,40 | 21,50 | 7,30 | |
ROCODROMO | |||||
Módulo 2 horas: 25 pers. máx. | 13,35 | 13,35 | 8,70 | 8,70 | |
BULDER | |||||
Módulo 2 horas: 15 pers. máx. | 22,00 | 22,00 | 13,20 | 13,20 | |
SALAS POLIVALENTES C.DM. Salduba, San Braulio, Valdefierro y Gran Vía y San Gregorio | |||||
Grupos entrenamiento / docente temporada 1 hora | 12,30 | 6,50 | 7,35 | 4,00 | 14,00 |
Competición /docente puntual 1 hora | 27,50 | 13,20 | 18,00 | 9,20 | 30,00 |
Competición sin taquilla 1 hora | 14,60 | 7,80 | 9,00 | 4,90 | 15,70 |
Actividad no deportiva 1 hora | 33,50 | 33,50 | No existe | No existe | 36,40 |
SALAS POLIVALENTES C.D.M. A. Maestro, Palafox, José Garcés, Siglo XXI | |||||
Grupos entrenamiento / docente temporada 1 hora | 13,30 | 7,60 | 7,90 | 4,70 | 15,00 |
Competición /docente puntual1 hora | 30,00 | 17,00 | 22,90 | 10,75 | 40,00 |
Competición sin taquilla 1 hora | 16,50 | 9,40 | 10,75 | 5,90 | |
Actividad no deportiva 1 hora | 44,30 | 44,00 | No existe | No existe | |
Aula C.D.M. Siglo XXI y C.D.M. Salduba | |||||
Sala por hora | 20,40 | 20,40 | No existe | No existe | |
Cañón proyector | 21,70 | 21,70 | No existe | No existe | |
CALLE PISCINA VERANO 1 Hora. | 24,00 | 13,50 | No existe | No existe | |
PISCINAS CUBIERTAS | |||||
Vasos 25 m. calle entrenamiento 1 hora | 29,80 | 29,80 | 17,40 | 17,40 | 37,60 |
Vasos 25 m. Competición 1 hora | 124,00 | 124,00 | 73,00 | 73,00 | 167,30 |
Vasos 16 ó 18 m. Calle entrenamiento 1 hora | 20,50 | 20,50 | 12,50 | 12,50 | 27,22 |
Vasos 16 ó 18 m. Competición 1 hora | 83,00 | 83,00 | 49,10 | 49,10 | 104,55 |
Vaso 12,5 x 6 m. Enseñanza 1 hora | 41,50 | 41,50 | 24,80 | 24,80 | 52,25 |
Vaso 12,5 x 13 m SIGLO XXI calle de entrenamiento 1 hora | 16,60 | 16,60 | 6,55 | 6,55 | 20,95 |
4.- CONDICIONES DE APLICACION
4.1. PISCINAS DE VERANO Y CUBIERTAS
4.1.1. Condiciones Generales
- Para el acceso a las piscinas de verano y climatizadas, se permitirá la utilización de los bonos de 10 baños de la temporada anterior, no existiendo derecho a reembolso de las cantidades correspondientes a los baños no utilizados.
- El uso del Abono de Temporada facultará para la entrada y salida en cualquier momento del período de apertura en todas las instalaciones, siempre que la capacidad de éstas lo permita.
- La pérdida, robo o deterioro del carnet de abono o cursillo que dé lugar a la extensión de nueva acreditación llevará consigo el abono de 6.00 euros. La solicitud y recepción de nuevo carnet se realizará mediante escrito presentado en el CDM donde se expidió el original. La presentación de denuncia de robo o sustracción del carnet eximirá de la aplicación del precio anterior. Si el carnet utilizado es la Tarjeta Ciudadana, se aplicará lo establecido para la misma por el servicio expendedor.
- La pérdida del bono de 10 baños y de entradas no generará derecho a reembolso.
- El acceso al recinto de piscinas que estén completas estará condicionado al límite capacidad de usuarios. Cuando se dé esta circunstancia, podrán entrar tantas personas como salgan y atendiendo al orden de llegada, con independencia del tipo de acceso que utilicen (bono temporada, entrada diario,...)
- La suspensión del baño una vez abierta al público la Instalación, exceptuando los cierres motivados por causas climatológicas, dará derecho a la validación de los accesos realizados mediante ticket o bono de 10 baños para un nuevo acceso en fecha posterior, con un período máximo de un mes, en la misma instalación. Dicha validación se efectuará el mismo día de la suspensión de baño a través de la taquilla. En ningún caso se reembolsará la cantidad devengada.
- En torneos deportivos de carácter extraordinario que se autoricen, podrá habilitarse un sistema de acceso para un máximo de acompañantes por jugador participante
4.1.2. Piscinas Verano
- Los usuarios con acceso mediante entrada o bono de 10 baños podrán hacer uso de un sistema de salidas de lunes a viernes no festivos. Las salidas podrán solicitarse hasta las 14 horas, presentando la documentación de acreditación de identidad que se establezca y la entrada o bono, tanto a la salida como al reingreso. Las salidas serán personales e intransferibles, sirviendo exclusivamente para el día de su entrega y en la instalación de su emisión.
- El acceso de grupos de menores en las piscinas de verano para la realización de actividades lúdicas o deportivas se establecerá en cuanto a su número, distribución y condiciones mediante acuerdo de órgano municipal correspondiente.
- Los Abonos de temporada para miembros de Familias Numerosas, para miembros de familias cuyos ingresos sean inferiores al S.M.I. o al doble del S.M.I. y personas con minusvalías , se expenderán mediante convocatoria que se publicará, en la que se determinarán plazos y forma de adquisición.
4.1.3. Balneario Urbano+ Piscina
- La modalidad de acceso de balneario urbano más piscina climatizada se ofrecen en el CDM Siglo XXI y en el CDM José Garcés. El acceso faculta la entrada a cualquiera de las Piscinas Cubiertas Municipales y exclusivamente al Balneario Urbano donde se expida la entrada, bono o abono de temporada "Balneario Urbano + Piscina".
4.1.4. Tarifas no empadronados
Los abonos de piscina de verano y los abonos anuales de piscina climatizada o de balneario urbano tendrán un recargo del 50% para no empadronados.
4.1.5. Descuentos venta anticipada
Los abonos de piscina de verano tendrán un descuento del 5% en los períodos de venta anticipada.
4.1.6. Venta promocional de entradas y bonos de 10 accesos de piscinas
Podrán realizarse ventas promocionales de lotes de entradas y bonos de 10 accesos para piscinas municipales cubiertas y de verano.
La venta será potestativa para el Ayuntamiento de Zaragoza, se realizará centralizadamente y los precios se aplicarán con el descuento correspondiente al total de entradas o bonos comprados, independientemente del volumen parcial correspondiente a cada segmento de edad.
Se establecerán con la entidad adquiriente los mecanismos específicos de distribución y/o acreditación necesarios para controlar y evitar la reventa fraudulenta y la validez temporal de estas entradas y bonos de 10 accesos, que podrá ser limitada a períodos temporales concretos y a determinados centros deportivos o a su totalidad.
Nº ENTRADAS Piscinas Cubiertas | TARIFA ADULTOS nacidos desde 1950 hasta 1995 Euros | TARIFA JOVEN nacidos desde 1996 hasta 2008 Euros | TERCERA EDAD Nacidos antes de 1950 y/o pensionista Euros |
---|---|---|---|
501-1.000 | 3,80 | 2,75 | 2,20 |
1.001-1500 | 3,60 | 2,60 | 2,00 |
1.501-2.000 | 3,40 | 2,45 | 1,85 |
2.001-2.500 | 3,20 | 2,30 | 1,75 |
2.501-3.000 | 3,05 | 2,10 | 1,70 |
3,001-3.500 | 2,90 | 2,00 | 1,55 |
>3.501 | 2,80 | 1,90 | 1,45 |
Nº Bonos 10 Accesos Piscinas Cubiertas | TARIFA ADULTOS nacidos desde 1950 hasta 1995 Euros | TARIFA JOVEN nacidos desde 19965 hasta 2008 Euros | TERCERA EDAD Nacidos antes de 1950 y/o pensionista Euros |
---|---|---|---|
101-200 | 28,50 | 19,00 | 14,00 |
201-300 | 28,00 | 18,00 | 13,50 |
301-400 | 27,50 | 17,50 | 13,00 |
401-500 | 27,00 | 17,00 | 12,50 |
> 501 | 26,50 | 16,50 | 12,00 |
Nº ENTRADAS Piscinas Verano | TARIFA ADULTOS nacidos desde 1950 hasta 1995 Euros | TARIFA JOVEN nacidos desde 1996 hasta 2008 Euros | TERCERA EDAD Nacidos antes de 1950 y/o pensionista Euros |
---|---|---|---|
501-1.000 | 3,40 | 2,20 | 2,00 |
1.001-1500 | 3,30 | 2,00 | 1,80 |
1.501-2.000 | 3,10 | 1,80 | 1,60 |
2.001-2.500 | 2,90 | 1,60 | 1,40 |
2.501-3.000 | 2,75 | 1,40 | 1,20 |
3,001-3.500 | 2,50 | 1,30 | 1,10 |
> 3.501 | 2,30 | 1,25 | 1,00 |
Nº Bonos 10 Accesos Piscinas Verano | TARIFA ADULTOS nacidos desde 1950 hasta 1995 Euros | TARIFA JOVEN nacidos desde 1996 hasta 2008 Euros | TERCERA EDAD Nacidos antes de 1950 y/o pensionista Euros |
---|---|---|---|
101-200 | 25,50 | 13,50 | 10,00 |
201-300 | 25,00 | 13,00 | 9,50 |
301-400 | 24,50 | 12,50 | 9,00 |
401-500 | 24,00 | 12,00 | 8,50 |
> 501 | 23,50 | 11,50 | 8,00 |
4. 2. TARIFAS PARA USOS POR FEDERACIONES, CLUBES, ASOCIACIONES Y OTRAS PERSONAS JURIDICAS.
4.2.1. Convenios
Las tarifas correspondientes a "Convenios" se aplicarán a las actividades programadas por entidades con las que existan suscritos convenios de colaboración específicos, cuyos destinatarios sean colectivos de especial interés en su integración en la actividad deportiva o que tengan por finalidad el desarrollo de la natación deportiva federada .
4.2.2. Promoción deportiva y uso ordinario
Las tarifas correspondientes a "Promoción Deportiva " y a "Uso ordinario" serán de aplicación a los usos programados por entidades o personas jurídicas en función de que el beneficio neto obtenido sobre los ingresos generados por la actividad sea superior o no al 20%, independientemente de la personalidad jurídica del solicitante. Con beneficio superior al 20% se aplicará la tarifa de uso ordinario. Podrá solicitarse la documentación acreditativa necesaria para determinar dicho porcentaje. Las entidades con concesión de gestión de servicios deportivos municipales abonarán la tarifa de promoción deportiva.
4.3. Pabellones Deportivos
En el caso de los P.D.M. de Sto. Domingo, Monsalud, César Augusto, José Garcés y San Gregorio, dadas sus dimensiones y condiciones, la 1/2 pista para entrenamientos se tarifará como 1/3 de pista y en el P.D.M. San Gregorio la pista completa para entreanamiento se tarifará como 1/2 pista.
4.4. Pistas Deportivas Aire Libre
4.4.1. Pistas Polideportivas
Durante la temporada de verano la reserva de las pistas polideportivas, englobadas en las instalaciones que cuentan con piscina y no puedan habilitar accesos y usos independientes, quedará condicionado al abono de la entrada general a la instalación, durante la franja horaria de 10 a 20 horas.
4.4.2. Pistas de Tenis, Rocódromos, Pádel y Frontón
Durante la temporada de verano, el acceso a las pistas de tenis, rocódromo, pádel y frontón, englobadas en las instalaciones que cuentan con piscina y no puedan habilitar accesos y usos independientes, quedará condicionado al abono de la entrada general a la instalación, durante la franja horaria de 12 horas a 19 horas. Dentro de esta franja horaria, el titular de alquiler de pista no abonará la entrada general al centro, pero sí los acompañantes o resto de jugadores. En caso de las pistas de padel de césped artificial , tenis de tierra batida o césped artificial y frontones cubiertos se ampliará a dos el número de accesos por alquiler sin abono de la entrada general al centro.
Cuando en el uso de una pista coincidan personas de tarifa adulto y personas con derecho a tarifa reducida, se aplicará la correspondiente al mayor número de jugadores y, en caso de igual número, la segunda. No se contabilizarán los menores de 6 años.
Excepto en actividades dirigidas autorizadas, el máximo de jugadores por pista y hora será de 4 personas.
4.4.3. Validación
En las pistas de tenis, pádel, frontones y rocódromos y pérgola reservadas para actos sociales, una vez abonada la tarifa de este tipo de pistas y no pudiendo ser utilizadas por inclemencias meteorológicas o por un deficiente estado de las mismas, se habilitará un sistema de validación de la reserva efectuada para otra fecha, en el mismo CDM y con validez máxima de diez días naturales posteriores al día de la reserva. Esta validación solo podrá solicitarse con anterioridad al horario de juego reservado.
4.5. Pistas de Pádel
Las tarifas previstas para pistas de pádel de césped artificial y de suelo de cemento se aplicarán en aquellas no sujetas a concesión de explotación.
4.6. Reserva de espacios:
Las entidades con reserva de espacios de temporada deportiva de septiembre a abril, ambos inclusive, abonarán íntegramente, por períodos bimestrales completos, los espacios reservados en el caso de abandono del uso reservado .
En el caso de especialidades deportivas y competiciones que tengan una duración inferior al período septiembre - abril, podrá minorarse la aplicación bimestral por meses completos en este período.
4.7. Actos no deportivos:
Los actos no deportivos quedarán subordinados a la disponibilidad de espacios respecto a los actos y utilizaciones deportivas. En los citados eventos se contará a efectos de tarifación el tiempo necesario para la instalación y desmontaje de los equipamientos complementarios, siempre y cuando se impida la actividad deportiva normalizada.
Asimismo los actos no deportivos deberán contar con un seguro específico de daños a terceros y responsabilidad civil (art. 46.2 de la Ley 4/93 de 16 de marzo del Deporte de Aragón).
La solicitud de uso de Centros Deportivos Municipales para la organización de actos no deportivos de pública concurrencia (conciertos, actuaciones y/o verbenas, asambleas,..) deberán de solicitarse mediante instancia general o expediente administrativo que aprobará el órgano Municipal competente, una vez informada por el servicio gestor de la instalación a utilizar. ( Art. 44 Reglamento de Centros y Pabellones Deportivos Municipales BOP 258 8 Noviembre de 2008 )
La Entidad organizadora deberá contratar, a su cargo, los servicios de seguridad, montaje, desmontaje, protección de elementos y limpieza, control de accesos y todos aquellos requeridos específicamente en la resolución de autorización. ( Art. 44 Reglamento de Centros y Pabellones Deportivos Municipales BOP 258 8 Noviembre de 2008)
El abono de la tarifa en los actos no deportivos podrá exigirse por anticipado con antelación mínima de 72 horas.
4.8. Horarios extraordinarios:
Todos los eventos deportivos y no deportivos que se realicen fuera del horario de apertura de los Centros Deportivos Municipales, deberán abonar la correspondiente tarifa, con un incremento del 100 % de la Tarifa establecida.
4.9. Actividades deportivas extraordinarias o actos puntuales no deportivos en el Pabellón "A" Siglo XXI.
- 4.9.1. Actividades que precisen el desmontaje de la pista de juego: los promotores u organizadores deberán de abonar directamente a la empresa adjudicataria del mantenimiento del CDM Siglo XXI el coste de las horas de desmontar la pista y volverla a montar.
- 4.9.2. Los promotores u organizadores deberán de abonar directamente a las empresas adjudicatarias los servicios de limpieza y/o mantenimiento que el acto precise.
- 4.9.3. Lucernarios. Para las actividades que precisen la ausencia de luz natural, los promotores u organizadores deberán de abonar directamente a la contrata de mantenimiento del CDM Siglo XXI el coste de las horas empleadas en tapar y destapar las claraboyas de la cubierta del pabellón.
4.10. Documentación acreditativa situación fiscal, de Seguridad Social, seguros y específica de las actividades a desarrollar.
El servicio gestor podrá requerir a las entidades y personas jurídicas solicitantes de reserva de espacios deportivos, como condición previa a la autorización de uso de espacios municipales, bien declaración responsable o bien la documentación acreditativa necesaria para verificar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, laborales, de la Seguridad Social, seguros específicos, así como los ingresos, en su caso, a percibir directamente de los usuarios para el desarrollo de las actividades a realizar en los Centros Deportivos Municipales.
4.11. Actos sociales en pérgolas y otros espacios no deportivos.
Será de aplicación lo dispuesto para el control de acceso de menores de 14 años en el vigente Reglamento de Centros y Pabellones Deportivos Municipales.
5.- CONVENIOS Y ACUERDOS INSTITUCIONALES DE UTILIZACION
5.1. Educación Física Curricular Primaria y Secundaria
Los alumnos de Centros de Enseñanza Públicos y Concertados de Primaria y Secundaria podrán utilizar con prioridad los Pabellones y Pistas Polideportivas de Aire Libre, para sus clases de Educación Física curricular.
Asimismo se pondrán a disposición de los alumnos de los ciclos formativos de Técnico de Actividades Físicas y Deportivas los espacios anteriores y aquellos otros que específicamente se acuerden con las autoridades educativas.
Tarifa........0,00 euros
5.2. Deporte en Edad Escolar:
Los grupos de deporte en edad escolar promovidos por Asociaciones Padres de Alumnos, Agrupaciones, Clubes, Federaciones Deportivas y Entidades ciudadanas dentro de las franjas horarias, categorías y periodos de tiempo y criterios de asignación establecidos en los artículos 46 y 47 del Reglamento de Centros y Pabellones Deportivos Municipales.
Tarifa........0,00 euros
Los espacios que incluye esta tarifa son Pistas Polideportivas, Pabellones Cubiertos, Salas Polivalentes y Pistas de Raqueta.
5.3. Fases finales de los Juegos Deportivos Escolares de Aragón
Las fases finales de los Juegos Deportivos en Edad Escolar, organizados por la Diputación General de Aragón, tendrán preferencia en la utilización de las instalaciones deportivas municipales. A este fin, el Servicio de Instalaciones Deportivas queda autorizado a establecer un acuerdo con la Dirección General de Deportes del Gobierno de Aragón o con el Servicio en que ésta delegue, para fijar los términos de la citada utilización.
Tarifa........0,00 euros
6.- ACTIVIDADES PROMOVIDAS POR EL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
6.1. Actividades no periódicas de Servicios, Patronatos y Sociedades Municipales
La actividad final de curso de los proyectos socioeducativos del servicio de Juventud (P.I.E.E. y Casas de Juventud), la del programa de Educadores de Calle y actividades del programa Zaragalla (área Educación y Acción Social), y actividad fin de curso de Centros Sociolaborales (I.M.E.F.E.Z.)
Tarifa........0,00 euros
6.2. Utilización pistas polideportivas aire libre y pistas pabellones por entidades gestoras de Centros Sociolaborales y Centros de Tiempo Libre promovidos por el Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza en temporada deportiva
Esta utilización será durante el periodo lectivo escolar y estará supeditada al horario de Educación Física e Iniciación Deportiva de lunes a viernes inclusive y siempre que no se realicen actividades de competición social o federada.
Tarifa........0,00 euros
6.3. Programaciones deportivas, culturales y recreativas de Juntas Municipales y Vecinales
A decisión de la Junta Municipal o Vecinal de cada barrio o Distrito, un día al año, se permitirá el acceso gratuito a las piscinas de verano ubicadas en el mismo.
Tarifa........0,00 euros
Anualmente, en cada barrio o Distrito, podrán ser programadas actividades deportivas, culturales o recreativas aprobadas por las correspondientes Juntas Municipales o Vecinales en los Pabellones y Pistas exteriores ubicados en los mismos, por un volumen máximo de diez jornadas, previo informe del Servicio de Instalaciones
Tarifa........0,00 euros
6.4. Competiciones internas de los empleados municipales
Podrán ser utilizadas las instalaciones deportivas para competiciones y partidos internos que los empleados municipales programen a través de sus Agrupaciones o Asociaciones legalmente constituidas. A tal efecto deberán llegar a acuerdos de utilización con el Servicio gestor, en su caso, debiendo adaptarse a los días y horarios de menos incidencia de demanda.
Tarifa........0,00 euros
6.5. Utilización de espacios deportivos por Zaragoza Deporte Municipal, S.A. Promotor del Programa "Entra en Acción del Ayuntamiento de Zaragoza"
Tarifa........0,00 euros
IX. PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL PABELLÓN PRÍNCIPE FELIPE Y EN EL PALACIO DE LOS DEPORTES
A) Tarifas para el Pabellón Príncipe Felipe: Entrenamientos:
Tipo | Euros |
---|---|
1. Entrenamientos | |
Pista Central | 70,00 euros/hora |
Pista Central (1) |
51,00 euros/hora |
Pista Lateral | 27,50 euros/hora |
Sala Aerobic | 16,50 euros/hora |
Sala Musculación (2 horas máximo) | |
Equipo/Bono individual (10 accesos) | 23,00 euros/bono |
2. Competiciones deportivas | |
Pabellón completo | 865,00 euros/partido |
Medio Pabellón | 490,00 euros/partido |
Pista Lateral | 95,50 euros/partido |
Pista Central (sin público) | 105,00 euros/hora |
Hora montaje/desmontaje | 50,00 euros/hora |
3. Actividades no deportivas sin taquilla | |
Pabellón completo | 3.110,00 euros/acto |
4. Espectáculos y actividades especiales: | |
4.1 Tarifas fijas: | |
Pabellón completo | 8.900,00 euros/acto/día |
Medio Pabellón |
5.850,00 euros/acto/día |
Día montaje/desmontaje | 2.965,00 euros/día |
Medio día montaje/desmontaje | 1.600,00 euros/medio día |
4.2 Tarifas variables (según nº de espectadores): | |
A. Medio pabellón (hasta 6.650 espectadores máx. en función escenario): | |
Importe fijo incluidos los primeros 3.000 espectadores, limpieza y montaje/desmontaje de pavimento deportivo | 4.850,00 euros/acto/dia |
Importe por espectador a partir de 3.000 pax. | 2,20 euros/pax |
B. Pabellón completo (a partir de 6.651 espectadores y con un máx. de 9.341 en función escenario): | |
Importe fijo incluidos los primeros 4.000 espectadores, limpieza y montaje/desmontaje de pavimento deportivo | 6.300,00 euros/acto/dia |
Importe por espectador a partir de 4.000 pax. | 2,20 euros/pax |
5. Otros Servicios | |
Sala de Medios Audiovisuales | 8,60 euros/hora |
Cubrimiento claraboyas (completo) | 480,00 euros |
Cubrimiento claraboyas (medio) | 345,00 euros |
Limpiezas instalación: | |
Media limpieza | 785,00 euros |
Limpieza completa | 1.380,00 euros |
Suplemento extraordinario | 310,00 euros |
Montaje o desmontaje pista | 1.395,00 euros |
Adecuación instalación (montaje o desmontaje) | 465,00 euros |
Zona "Espacios" (limpieza incluida) | 285,00 euros/acto/día |
Uso cocinas (limpieza incluida) | 285,00 euros/acto/día |
Carretilla elevadora | 143,00 euros/día |
Coordinación Actividades Empresariales en eventos especiales | 685,00 euros |
Fianza | 2.920,00 euros |
(1) Equipos con contrato de Temporada Deportiva.
En estos precios se incluye el agua caliente, servicio de bar, así como el personal propio de la instalación. El gasto por climatización se valorará en cada evento en función del consumo.
El control de participantes y público, seguridad, taquillas, servicio médico, servicio de catering o servicios extraordinarios correrán por cuenta de la entidad organizadora.
Los servicios que se presten en domingo tarde y/o festivos tarde sufrirán un incremento del 25% sobre la tarifa.
(*) A los precios indicados se les añadirá el IVA vigente
B) Tarifas para el Palacio de Deportes:
Tipo | Euros |
---|---|
1. Entrenamientos(máximo 2h. sesión) | |
Acceso individual mayores 16 años | 3,85 euros/sesión |
Acceso individual mayores 16 años(10 accesos) | 28,50 euros/bono |
Acceso indnvidual menores 16 años | 2,15 euros/sesión |
Bono individual menores 16 años(10 accesos) | 17,00 euros/bono |
2. Entrenamientos Gimnasia: | |
Acceso individual mayores 16 años | 1,95 euros/hora |
Bono individual mayores 16 años (10 horas) | 14,25 euros/bono |
Importe mínimo tapiz mayores 16 años (accesos de menos de 4 personas) | 5,60 euros/hora |
Acceso individual menores 16 años: | 1,10 euros /hora |
Bono individual menores 16 años (10 horas) | 8,50 euros/bono |
Importe mínimo tapiz menores 16 años (accesos de menos de 4 personas) | 3,40 euros/hora |
3. Actividades deportivas(*) | |
Pista (sin taquilla) | 75,00 euros/hora |
Pista (con taquilla) | 280,00 euros/hora |
Hora montaje/desmontaje | 25,00 euros/hora |
4. Espectáculos y actividades no deportivas(*) | IVA no incluido |
Sin taquilla - sólo gradas | 1.050,00 euros/acto/día |
Sin taquilla - gradas y pista | 1.450,00 euros/acto/día |
Con taquilla o inscripción - sólo gradas | 1.870,00 euros/acto/día |
Con taquilla o inscripción - gradas y pista | 2.390,00 euros/acto/día |
Día montaje/desmontaje | 1.035,00 euros/día |
Medio día montaje/desmontaje | 600,00 euros/medio día |
Catering convención (*) | IVA no incluido |
Hasta 500 personas | 2.625,00 euros/acto |
A partir de 500 personas,se incrementa en 6,00 euros por persona sobre tarifa. | |
6. Otros Servicios(*) | IVA no incluido |
Limpieza grada (completa) | 910,00 euros |
Limpieza grada (media) | 470,00 euros |
Limpieza pista | 465,00 euros |
Aula Audiovisual | 10,00 euros/hora |
Fianza | 1.650,00 euros |
En estos precios se incluye el agua caliente, servicio de bar, así como el personal propio de la instalación.
El control de participantes y público, seguridad, taquillas, servicio médico, servicios extraordinarios, etc. correrán por cuenta de la Entidad Organizadora.
Los servicios que se presten en domingo tarde y/o festivos tarde sufrirán un incremento del 25% sobre la tarifa.
Piscina cubierta año 2013
Regirán las mismas tarifas que en el resto de las piscinas municipales.
Piscina exterior año 2013 (junio - julio - agosto):
Regirán las mismas tarifas que en el resto de las piscinas municipales.
(*) A los precios indicados se les añadirá el IVA vigente
X. PRESTACIONES SOCIALES DOMICILIARIAS
Ingresos mensuales ponderados | SAD Euros/hora | Teleasistencia Euros/día |
---|---|---|
0 euros = < IMP < 1,1 del SMI/12 | - | - |
1,1 del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 5% del SMI/12 | 0,51 | 0,17 |
1,1 del SMI/12 + 5% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 10% del SMI/12 | 1,18 | 0,23 |
1,1 del SMI/12 + 10% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 15% del SMI/12 | 1,85 | 0,28 |
1,1 del SMI/12 + 15% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 20% del SMI/12 | 2,41 | 0,35 |
1,1 del SMI/12 + 20% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 25% del SMI/12 | 3,13 | 0,40 |
1,1 del SMI/12 + 25% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 30% del SMI/12 | 3,70 | 0,47 |
1,1 del SMI/12 + 30% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 35% del SMI/12 | 4,42 | 0,51 |
1,1 del SMI/12 + 35% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 40% del SMI/12 | 5,03 | 0,59 |
1,1 del SMI/12 + 40% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 45% del SMI/12 | 5,75 | 0,68 |
1,1 del SMI/12 + 45% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 50% del SMI/12 | 6,37 | 0,73 |
1,1 del SMI/12 + 50% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 55% del SMI/12 | 6,93 | 0,81 |
1,1 del SMI/12 + 55% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 60% del SMI/12 | 7,65 | 0,87 |
1,1 del SMI/12 + 60% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 65% del SMI/12 | 8,32 | 0,92 |
1,1 del SMI/12 + 65% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 70% del SMI/12 | 8,93 | 0,99 |
1,1 del SMI/12 + 70% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 75% del SMI/12 | 9,55 | 1,04 |
1,1 del SMI/12 + 75% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 80% del SMI/12 | 10,27 | 1,08 |
1,1 del SMI/12 + 80% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 85% del SMI/12 | 10,89 | 1,09 |
1,1 del SMI/12 + 85% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 90% del SMI/12 | 11,50 | 1,10 |
1,1 del SMI/12 + 90% del SMI/12 = < IMP < 1,1 del SMI/12 + 95% del SMI/12 | 12,12 | 1,11 |
IMP> = 1,1 del SMI/12 + 95% del SMI/12 | 12,79 | 1,12 |
Anualmente se aplicara el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente.
Los ingresos mensuales ponderados se calcularán según lo establecido el Reglamento Municipal de Prestaciones Sociales Domiciliarias.
A todo usuario al que le ha sido concedida alguna de las prestaciones reguladas por el Reglamento Municipal de Prestaciones Sociales Domiciliarias y que con posterioridad haya sido de alta bajo el amparo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción y Atención a las personas en situación de Dependencia, no le serán aplicables estas Tarifas, sino los criterios y precios públicos que se establezcan en el desarrollo reglamentario de la citada Ley 39/2006.
XI. PRESTACIONES DE SERVICIOS EN EL CENTRO DE PROMOCIÓN DE LA SALUD
Epígrafe | Euros |
---|---|
Salud sexual y reproducción | |
Consulta de primer día | 4,95 |
Revisiones anuales | 4,95 |
Colocación D.I.U. | 35,80 |
Colocación Diafragma | 14,10 |
Preparación de parto | 14,10 |
Post-parto | 7,10 |
Ecografía | 4,80 |
Menores de 25 años | - |
Análisis | |
Normal de anticoncepción | 1,45 |
Especial | 4,95 |
Reacción de embarazo | 1,45 |
Grupo y R.H. | 1,45 |
Cultivo de orina | 4,95 |
Cultivo de exudado | 4,95 |
Determinación en H.P.V. | 12,90 |
V.D.L.R. | 1,45 |
S.I.D.A. | - |
Menores de 25 años | -- |
Citología | |
Cérvico-vaginal | 2,90 |
Endometrial | 2,90 |
Biopsia | 28,60 |
Menores de 25 años | - |
Salud Mental | |
Consulta el primer día | 4,95 |
A partir de la sexta sesión | 2,90 |
Grupos de terapia (duración tres meses) | 14,10 |
Menores de 25 años | - |
XII. PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA RESIDENCIA. CASA AMPARO DE ZARAGOZA
Personas que no tienen más ingresos que una o más pensiones: 80% del importe neto percibido mensualmente por ese concepto, entendiéndose que los meses de junio y diciembre el 80% se aplicará tanto a la mensualidad como a la paga extraordinaria correspondiente. Todo ello siempre que el 20% restante no sea inferior al 20% de la pensión mínima de jubilación para personas mayores de 65 años sin cónyuge a su cargo vigente en cada momento para el Régimen General de la Seguridad Social, o al doble de esa cantidad en los meses de junio y diciembre, y siempre que el importe resultante a pagar no sea superior al importe real de la plaza fijado anualmente por el órgano Municipal competente.
En caso de matrimonio, ambos cónyuges constituirán una unidad de pago. En ese caso, el importe mínimo a respetar será el doble de lo establecido en el párrafo anterior.
Personas que, además de cobrar una o más pensiones, tienen otros ingresos anuales de cualquier otra procedencia: 80% del importe neto percibido mensualmente por el concepto de la pensión o pensiones, entendiéndose que los meses de junio y diciembre el 80% se aplicará tanto a la mensualidad como a la paga extraordinaria correspondiente, más el 80% de los ingresos anuales percibidos de cualquier otra procedencia, divididos entre 12. Todo ello siempre que el 20% restante no sea inferior al 20% de la pensión mínima de jubilación para personas mayores de 65 años sin cónyuge a su cargo vigente en cada momento para el Régimen General de la Seguridad Social, y siempre que el importe resultante a pagar no sea superior al importe real de la plaza fijado anualmente por el órgano Municipal competente.
En caso de matrimonio, ambos cónyuges constituirán una unidad de pago. En ese caso, el importe mínimo a respetar será el doble de lo establecido en el párrafo anterior. Los residentes que en virtud de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia y la Orden de 7 de octubre de 2007, del Departamento de Servicios Sociales y Familia por la que se regula el régimen de acceso a los servicios y prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia de la Comunidad Autónoma de Aragón, reciban una prestación económica vinculada al servicio, en este caso a la atención residencial, abonarán de forma íntegra su importe.
Para las ausencias en la residencia en períodos vacacionales, se abonará el 100% cuando estas ausencias sean de hasta 7 días consecutivos, y el 50% del precio mes/día por cada día disfrutado, para ausencias superiores a los siete días consecutivos.
Forma de gestionar la aportación individual, en función del nivel de renta de cada usuario:
- Durante los 10 primeros días de cada mes, abonarán el 80% de la mensualidad recibida en concepto de pensión, y el 80% de la renta devengada en concepto de alquiler.
- Coincidiendo con los meses de junio y diciembre, en los que se ingresan las pagas extraordinarias, en el período de los diez días siguientes a su cobro, deberán abonar el 80% de las mismas.
- Durante el mes de enero de cada año, el 80% de las rentas devengadas por cualquier concepto en el año anterior: Intereses Bancarios, etc.
Los residentes que reciban una prestación económica para atención residencial, en aplicación de la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia, deberán ingresar tal prestación en el momento en el que la reciban.
XIII. PRESTACION DE SERVICIOS DE LOS MERCADOS MUNICIPALES
La cuantía del precio público por prestación de servicios del Mercado Lanuza, vendrá determinada por la aplicación de la siguiente fórmula:
Superficie puesto estimada (en m2) x precio (euros/m2/mes)
x índice situación x tiempo (en meses)
La cuantía del precio público por prestación de servicios del Mercado San Vicente de Paúl, vendrá determinada por la aplicación de la siguiente fórmula:
Superficie puesto (en m2) x precio (euros/m2/mes) x tiempo (en meses)
La cuantía del precio público por la utilización de cámaras de conservación vendrá determinada, en ambos mercados, por la aplicación de la siguiente fórmula:
Precio según tipo cámara (euros/m2/mes) x tiempo (en meses)
Normas de gestión
- La facturación de los recibos que se emitan por aplicación de la presente tarifa en los Mercados municipales se realizará trimestralmente.
- Se aplicará una bonificación del 10% para aquellos puestos que vendan principalmente productos ecológicos.
MERCADO DE LANUZA
Categoría del puesto | índice |
---|---|
1 | 4,72 |
2 | 4,62 |
3 | 4,54 |
4 | 4,42 |
5 | 4,28 |
6 | 3,38 |
7 | 2,60 |
8 | 2,50 |
9 | 2,44 |
10 | 2,42 |
11 | 2,36 |
12 | 2,28 |
Puestos | Categoría |
---|---|
Frutas y verduras | |
1, 27, 62, 95, 96, 129, 164, 190 | 2 |
2, 3, 5, 6, 7, 8, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 67, 82, 88, 100, 124, 165, 166, 168,170, 172, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180, 182, 183, 184, 185, 187,188, 189 |
8 |
35, 41, 56 | 11 |
Frutos secos-Comestibles | |
4, 117, 121, 171 | 8 |
138 | 11 |
Encurtidos | |
44 | 5 |
12, 20, 167, 186 | 10 |
142 | 12 |
Embutidos | |
113 | 3 |
74, 80, 84, 102, 103, 110, 120, 125, 127 | 10 |
29, 36, 42, 48, 53, 133, 143, 144, 148, 156 | 12 |
Menuceles | |
146 | 6 |
81,91 | 10 |
51, 134, 155 | 12 |
Quesos-Lácteos | |
85 | 10 |
Carnes | |
28, 45, 130 | 5 |
111 | 7 |
153 | 9 |
63, 68, 70, 72, 77, 86, 87, 92, 97, 106, 108, 115, 116, 118, 126 | 10 |
159 | 11 |
32, 38, 43, 46, 49, 52, 55, 58, 60, 137, 140, 145, 149, 154, 158, 162 | 12 |
Pollo | |
79 | 3 |
75 | 7 |
64, 76, 94, 101, 105 | 10 |
31, 57, 132, 139, 151 | 12 |
Pescados | |
78 | 1 |
112 | 3 |
61, 147, 163 | 4 |
65, 69, 71, 83, 90, 93, 99, 104, 107, 109, 114, 119, 123, 128 | 7 |
98 | 8 |
30, 34, 37, 40, 47, 50, 54, 59, 131, 141, 150, 157, 160 | 9 |
66,89 | 10 |
39 | 12 |
Pan-Leche | |
9 | 8 |
33,152 | 12 |
Flores | |
135 | 12 |
Congelados-Varios | |
19, 73, 169 | 12 |
Aves y Caza | |
122 | 10 |
Dietética | |
161 | 12 |
Café y otros | |
136 | 12 |
181 | 8 |
Bar | |
169 | 8 |
III.- Dimensión de puestos y precio unitario
Nº puesto | Superficie (m2) | euros/m2/mes |
---|---|---|
Todos | 9.00 | 2,5340 |
Código Cámara | Tipo de Cámara | euros/mes |
---|---|---|
A | Carnes | 62,65 |
B | Menuceles | 67,70 |
C | Quesos, Lácteos, Pollos, Varios | 34,70 |
D | Pescados | 34,70 |
E | Frutas y Verduras | 14,05 |
F | Congelados | 49,60 |
MERCADO SAN VICENTE PAúL
Nº puesto | Superficie (m2) |
---|---|
1 | 16,78 |
2 | 11,45 |
3 | 10,00 |
4 | 10,00 |
5 | 11,66 |
6 | 12,27 |
7 | 11,40 |
8 | 12,27 |
9 | 12,27 |
10 | 11,17 |
11 | 12,27 |
12 | 12,27 |
13 | 11,17 |
14 | 12,27 |
15 | 12,27 |
16 | 11,40 |
17 | 12,27 |
18 | 12,59 |
19 | 10,00 |
20 | 10,00 |
21 | 12,15 |
22 | 16,47 |
Planta Superior | 300,72 |
Nº puesto | euros/m2/mes |
---|---|
1 a 22 | 19,1840 |
Planta Superior | 6,5780 |
Código Cámara | Tipo de Cámara | euros/mes |
---|---|---|
A | Carnes | 75,50 |
B | Menuceles | 53,90 |
C | Quesos, Lácteos, Pollos, Varios | 58,25 |
D | Pescados | 26,95 |
E | Frutas y Verduras | 27,20 |
XIV. PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VENTA DE MAYORISTA DE FRUTAS Y VERDURAS, PESCADO Y MATADERO EN MERCAZARAGOZA
Euros al mes | |
---|---|
Puesto en Mercado de Frutas y Verduras | 1.203,02 |
Puesto en Mercado de Pescados de 90 m2 | 1.479,02 |
Puesto en Mercado de Pescados de 65 m2 | 1.068,20 |
Euros al mes | |
---|---|
Ocupación de un módulo de venta en Nave de Hortelanos | 2,73 |
Acceso y aparcamiento en el recinto: | |
Vehículo de hasta 2.500 kg. | 0,91 |
Vehículo de 2.501 a 8.000 kg. | 2,73 |
Vehículo de más de 8.000 kg. | 3,97 |
Utilización de cámaras frigoríficas de Reserva Diaria: | |
cada bulto de 25 Kg o fracción | 0,29 |
Euros | |
---|---|
Una pesada, fijo de | 5,30 |
A todas las cantidades referidas se les incrementará el Impuesto sobre el Valor Añadido vigente en cada momento.
Se aplicará una bonificación del 10% para aquellos puestos que vendan principalmente productos ecológicos.
XV. PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CELEBRACIÓN DE BODAS CIVILES
La prestación de servicios de carácter administrativo a que se refiere este epígrafe, se realizará con ocasión de las actuaciones relativas a la celebración de bodas civiles en el "Pabellón de Ceremonias" del Parque Metropolitano.
Están obligados al pago del presente precio público aquellas personas que soliciten contraer matrimonio, y tras aportar la documentación requerida al efecto se les reserve día y hora para la celebración de la boda en el "Pabellón de Ceremonias" del Parque Metropolitano.
El pago del precio público se realizará en el momento que quede reservado el día y la hora para la celebración de la boda.
La cuantía del precio público por celebración de bodas civiles se establece en:
Por cada solicitud...........133.50 euros
Estarán exentos del pago del precio público aquellos enlaces en el que se den alguna de estas condiciones:
- Que ambos contrayentes tengan la condición de desempleados.
- Que los ingresos conjuntos de los contrayentes no superen el salario mínimo interprofesional.
Tales condiciones se deberán acreditar en el momento de solicitar la fecha para la boda y/o, al menos una semana antes de su celebración.
Si los solicitantes del servicio municipal desisten de la tramitación de la misma en un plazo no inferior a 30 días antes de la fecha reservada para la boda civil, tendrán derecho a la devolución del 50% del importe de la tarifa, que se tramitará de conformidad con la regulación legal de la devolución de ingresos indebidos.
XVI. PRESTACIÓN DE SERVICIOS MUSEO DEL FUEGO Y LOS BOMBEROS
1) Entradas Museo del Fuego y de los Bomberos
Tarifas | Euros |
---|---|
1. Entrada individual ordinaria. | 3,20 |
2. Entradas reducidas. | |
2.a). Carné joven, carné de estudiante y carné de familia numerosa | 2,10 |
2.b). Grupos de al menos 15 miembros (previa solicitud de visita con 15 días de antelación) y con visita guiada. | 2,10 |
2.c). Zaragoza Card. | 2,00 |
2.d). Paseos dinamizados. | 2,00 |
Mayores de 25 años, desempleados y menores de 8 años Mayores de 8 años hasta carné Joven Resto de público |
Gratis 1,10 2,10 |
2.e). Grupos procedentes de centros educativos y formativos, previa solicitud de visita con 15 días de antelación. | 1,10 |
2.f). Grupos procedentes de servicios, actividades y organizadores municipales | 1,10 |
3. Entrada gratuita | |
Mayores de 65 años menores de 8 años, desempleados, responsables de grupos (previa solicitud de visita con 15 días de antelación), miembros del ICOM, Asociación de Críticos de Arte. | Gratuita |
Podrán admitirse tarifas promocionales para determinados periodos de lanzamiento o para incentivar el uso de los servicios del museo, ofreciendo una gratuidad por cada ticket adquirido (2 x 1) o tarifas bonificadas para empresas comercializadoras o colectivos, ofreciendo diferentes bonificaciones dependiendo del servicio y temporada (hoteles, nuevas promociones, on line, etc.)
2.) Préstamo de Audioguías
Préstamo de audioguías........2,00 euros
El precio de la audioguía se encuentra incluida en el precio de entrada, excepto en los casos en que se apliquen las tarifas reducidas y gratuitas.
3.) Alquiler de Equipos Audiovisuales
Alquiler equipos audiovisuales | Euros |
---|---|
Pantalla de proyección fija, 3 x 4 m (1/2 día) | 50 |
Pantalla de proyección móvil de 1,50 x 1,50 m (1/2 día) | 27 |
Cañón de proyección fijo (1/2 día) | 36 |
Cañón de proyección portátil (1/2 día) | 59 |
Retroproyector de transparencias (1/2 día) | 36 |
Reproductor vídeo VHS (1/2 día) | 30 |
Reproductor vídeo DVD-CD (1/2 día) | 30 |
Reproductor de 8 mm (1/2 día) | 30 |
Vídeo cámara remorder VCR (8mm) (1/2 día) | 36 |
Vídeo digital cámera recorder DVCR (mpeg 1-2) (1/2 día) | 36 |
Trípode para DVCR (1/2 día) | 10 |
Micrófono sobremesa (1/2 día) | 36 |
Micrófono inalámbrico de mano (1/2 día) | 36 |
Ordenador portátil (1/2 día) | 64 |
Ordenador torre (1/2 día) | 36 |
Equipo sonido portátil 150w (1/2 día) | 60 |
Conversión de VHS a DVD, 1 hora | 20 |
Conversión de 8mm a DVD, 1 hora | 30 |
Cámara disco a DVD, 1 hora | 30 |
Grabación | |
Grabación de actos en vídeo, incluyendo cámara y operador: Entrega de material en “bruto". Formato DVD. Tiempo máximo 120 minutos | 265 |
Edición de vídeo en formato DVD. 20 minutos (precia petición) | 150 |
4.) Alquiler del salón de actos del Museo del Fuego y de los Bomberos
Hasta 30 personas, por hora 60 euros
Hasta 78 personas, por hora 120 euros
Cuando el organizador sea un Servicio o entidad del ámbito del Ayuntamiento de Zaragoza, su uso será gratuito debiendo solicitarlo previamente.
5.)Entradas público proyecciones de cine en el Museo del Fuego y de los Bomberos
Entrada: 1,90 euros
* I.V.A. INCLUíDO en todas las tarifas
XVII. PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL AULA DE LA NATURALEZA DEL PARQUE GRANDE
- REGLAS DE UTILIZACIÓN DEL AULA
- a) El promotor de la actividad presentará su solicitud en el Servicio Municipal de Parques y Jardines, que informará sobre su adecuación a los objetivos del Aula y su posibilidad de realización en las fechas solicitadas o en otras distintas.
- b) Corresponde al Concejal Delegado de Parques y Jardines la autorización o denegación de forma discrecional, atendiendo a los fines y objetivos de esta instalación y a la programación prevista para la misma.
- c) Las actividades podrán consistir en cursos y talleres, exposiciones y actividades diversas que se consideren adecuadas, las cuales podrán ser gratuitas o retribuidas mediante precios que deberán ser aprobados con la autorización de la actividad.
- d) El promotor de la actividad deberá disponer de un portero, vigilante o encargado para controlar el acceso y desarrollo de la misma y en su caso la taquilla, con independencia del control que se efectúe por los funcionarios municipales.
- e) Antes de iniciarse la actividad deberá acreditarse el pago de la cuota resultante de la aplicación de las tarifas previstas en el apartado 3.
- NORMAS PARA LA DETERMINACIÓN DE LA CUOTA
- a) La tarifa general se fija por días, pudiéndose contratar por horas cuando la duración de la actividad o su montaje y desmontaje vaya a desarrollarse en horario de 8,00 a 14 horas o de 16,00 a 22,00 horas. Fuera de estas franjas horarias se considerará jornada completa con independencia de su duración. Se establecen dos tipos de tarifa general, según que la actividad se realice de manera gratuita o retribuida. En todo caso, el importe mínimo a satisfacer será de 6 euros. Sobre el importe de los servicios facturados se repercutirán los tributos y recargos legalmente establecidos.
- b) Las actividades promovidas directamente por el Ayuntamiento de Zaragoza, y las incluidas en un Convenio de Colaboración con otra Administración Pública, Organismo Público, Sociedad Municipal, o entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas, estarán exentas de tarifa.
- c) A las tarifas incluidas en el apartado siguiente les serán aplicables los porcentajes que a continuación se indican, en función de las circunstancias que concurran:
Por montaje y desmontaje en días u horas distintos de los contratados, 50% de la tarifa aplicable. En sábados, domingos y festivos se incrementan las tarifas un 20%. Por prolongación de horario después de las 22,00 horas y hasta las 24,00 horas, se incrementan las tarifas un 20%. Los cursos, talleres y exposiciones relacionados directamente con el medio ambiente y la conservación de la naturaleza tendrán una bonificación del 20%.
Las actividades promovidas por asociaciones de vecinos y de consumidores tendrán una bonificación del 20%, no acumulable a la anterior.
- TARIFAS
Tarifas Tarifas Jornada Completa Por cada hora Actividades retribuidas 90 euros 10 euros Actividades gratuitas 45 euros 5 euros