Ayuntamiento de Zaragoza

Normativa Municipal

ORDENANZA FISCAL Nº 24.10

Tasa por prestación de servicios del Instituto Municipal de Salud Pública

  • Artículo 1.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 y 20.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, se establece la Tasa por prestación de servicios en el Instituto Municipal de Salud Pública.
  • Artículo 2.- Constituye el hecho imponible de la Tasa, la prestación de servicios realizados por el Instituto Municipal de Salud Pública, que se recogen en las Tarifas de la presente Ordenanza.
  • Artículo 3.- El Instituto Municipal de Salud Pública realiza los siguientes servicios:
    • I. Análisis de: Aguas de consumo, naturales y residuales, alimentos y bebidas, residuos sólidos, materiales, productos, objetos y utensilios en general que puedan tener acción sobre la salud pública por la presencia de componentes tóxicos u otras causas.
    • II. Inspecciones sanitarias y toma de muestras de aguas, alimentos,aire en: Centros de todo tipo, establecimientos alimentarios e industriales, piscinas, locales o viviendas.
    • III. Desinfecciones, Desratizaciones y Desinsectaciones.
    • IV. Y todos aquellos que pueda ordenar la Alcaldía para la resolución de problemas de orden administrativo o relacionados con la salud pública, protección del medio ambiente, seguridad e higiene.
  • Artículo 4.- Son sujetos pasivos las personas que soliciten la prestación de servicios que integran el hecho imponible.
  • Artículo 5.- Se devenga la Tasa cuando se solicite la prestación del servicio, que no se realizará sin que se haya efectuado el pago correspondiente.

    TARIFAS

    I. Análisis
    1. AGUAS DE CONSUMO, NATURALES Y RESIDUALES.
    1.1. Determinaciones fisicoquímicas.Euros
    Aceites y grasas (aguas residuales)31,60
    Acido isocianúrico11,10
    Alcalinidad5,35
    Aluminio12,10
    Amoniaco12,10
    Antimonio20,25
    Arsénico20,25
    Bicarbonato5,35
    Boro12,10
    Cadmio16,20
    Calcio5,35
    Carbono orgánico total12,10
    Cianuros (en agua sin turbiedad)16,20
    Cianuros (en agua con turbiedad) 36,30
    Cloro residual12,10
    Cloruros5,35
    Cobalto16,20
    Cobre16,20
    Compuestos organoclorados48,40
    Conductividad5,35
    Cromo total16,20
    Cromo hexavalente12,10
    Demanda Bioquímica de Oxigeno (DBO5)28,30
    Demanda Química de Oxigeno (DQO)16,20
    Detergentes aniónicos24,20
    Dureza5,35
    Estaño16,20
    Fenoles24,20
    Fluoruros (en agua sin turbiedad)16,20
    Fluoruros (en agua con turbiedad)36,30
    Fósforo y fosfatos (en agua sin turbiedad)16,20
    Fósforo (en agua con turbiedad)36,30
    Hidrocarburos disueltos y/o emulsionados en aguas de consumo42,85
    Hidrocarburos Policíclicos Aromáticos48,40
    Hierro16,20
    Magnesio5,35
    Manganeso16,20
    Mercurio20,25
    Níquel 16,20
    Nitratos12,10
    Nitritos12,10
    Nitrógenos12,10
    Oxidabilidad al permanganato11,30
    pH5,35
    Plaguicidas organoclorados y organofosforados64,55
    Plata16,20
    Plomo16,20
    Potasio12,10
    Radiactividad a y ß130,35
    Residuo seco12,10
    Sales solubles (conductividad)5,35
    Selenio20,25
    Sílice12,10
    Sodio12,10
    Sólidos en suspensión12,10
    Sulfatos por volumetría12,10
    Sulfatos por gravimetría32,30
    Sulfuros32,30
    Trihalometanos (THMs)48,40
    Turbidez5,35
    Zinc19,15
    I. Análisis
    1. AGUAS DE CONSUMO, NATURALES Y RESIDUALES.
    1.2. Determinaciones microbiológicas.Euros
    Recuento de bacterias totales11,30
    Recuento de coliformes totales12,10
    Recuento de coliformes fecales12,10
    Recuento de Escherichia coli16,20
    Recuento de estreptococos fecales12,10
    Recuento de enterococo12,10
    Recuento de clostridium perfringens 16,20
    Recuento de clostridium sulfitorreductores12,10
    Legionella32,30
    Recuento de Pseudomona aeruginosa 16,20
    Detección de Salmonella 16,20
    Recuento de Salmonella24,20
    Detección de Staphylococcus aureus12,10
    Recuento de Staphylococcus aureus16,20
    Ensayo de ecotoxicidad con fotobacterias107,40
    I. Análisis
    1. AGUAS DE CONSUMO, NATURALES Y RESIDUALES.
    1.3. Análisis tipoEuros
    1.3.1. Análisis de control47,75
    Parámetros fisicoquímico: conductividad, pH, turbidez, amoniaco, cloro residual29,10
    Parámetros microbiológico: coliformes totales y escherichia coli18,65
    1.3.2. Análisis de control salida potabilización63,65
    Parámetros fisicoquímico: conductividad, pH, turbidez, amoniaco,cloro residual, aluminio37,05
    Parámetros microbiológico: bacterias a 22° C, coliformes totales y escherichia coli27,75
    1.3.3. Análisis ocasional de potabilidad de agua181,10
    Parámetros fisicoquímico: conductividad, pH, turbidez, calcio, cloruros, sulfatos, residuo seco, magnesio, dureza, sodio, potasio, nitratos, nitritos, amoniaco, cloro residual, oxidabilidad126,70
    Parámetros microbiológico: bacterias a 22° C. y 37° C., coliformes totales y coliformes fecales. Estreptococos fecales, clostridium sulfitorreductores54,45
    1.3.4. Análisis completo355,15
    Parámetros microbiológicos: Escherichia coli, enterococo, clostridium perfringens Parámetros fisicoquímico: Antimonio, arsénico, benceno, benzo (a) pireno, boro, cadmio, cianuro, cobre, cromo total, 1,2 dicloroetano, fluoruro, hidrocarburos policíclicos aromáticos, mercurio, níquel, nitrato, nitrito, plaguicidas, heptacloro, heptacloro epóxido, plomo, selenio, trihalometanos, tricloroeteno, tetracloroeteno. Parámetros indicadores: Coliformes totales, bacterias aerobias a 22° C, aluminio, amonio, carbono orgánico total, cloro residual libre, combinado y total, cloruro, color, conductividad, hierro, manganeso, oxidabilidad, pH, sodio, sulfato, turbidez, temperatura. Si se realiza radiactividad:419,70
    1.3.5. Análisis mínimo agua residual
    DQO, sólidos en suspensión
    21,85
    1.3.6. Análisis agua residual con nutrientes
    conductividad, pH, DQO, sólidos en suspensión,fósforo total, nitrógeno total.
    67,10
    1.3.7. Análisis aceites y grasas y tóxicos
    aceites y grasas, fenoles, cianuros, plomo, cromo total,y VI, cobre, zinc, níquel, estaño, selenio, cadmio,mercurio y arsénico
    212,15
    I. Análisis
    2. ALIMENTOS
    DeterminacionesEuros
    Acidez5,35
    Acido bórico en pescados (ausencia/presencia)12,10
    Almidón cualitativo12,10
    Almidón cuantitativo24,20
    Arsénico 20,25
    Bisulfito en pescados20,25
    Cadmio20,25
    Cenizas 16,20
    Cloruros12,10
    Cobre20,25
    Conservadores en productos cárnicos: a. sórbico y sorbatos, parahidroxibenzoato de etilo y propilo parabenes y otros32,30
    Conservadores en leche: agua oxigenada, formol y bicarbonato24,20
    Conservadores en productos lácteos: sórbico, sorbatos, benzoico y benzoatos24,20
    Conservadores en pescados: bisulfito, formol, a. bórico y materia activa catiónica48,40
    Cromo total20,25
    Estabilidad de la leche al alcohol5,35
    Estaño20,25
    Examen macroscópico12,10
    Formol en pescados20,25
    Gluten24,20
    Grasa en leche12,10
    Grasa resto de alimentos20,25
    Hidratos de carbono reductores24,20
    Hidratos de carbono totales24,20
    Hidroxiprolina24,20
    Hierro20,25
    Humedad y extracto seco12,10
    Lactosa24,20
    Manganeso20,25
    Mercurio20,25
    Níquel20,25
    Materia activa catiónica en pescados16,20
    Nitratos24,20
    Nitritos24,20
    Plomo20,25
    Potasio24,20
    Proteína12,10
    Punto crioscópico12,10
    Sodio24,20
    Zinc20,25
    I. Análisis
    3. RESIDUOS SÓLIDOS
    EnsayoEuros
    Ensayo de ecotoxicidad del residuo161,00
    Hacer el lixiviado57,05
    Ensayo con fotobacterias del lixiviado105,85

    II. Otros servicios

    Otros
    InspeccionesEuros
    1. Inspección de piscinas
    La concesión anual de la licencia municipal de reapertura a las piscinas de uso público, supone la realización de preceptiva inspección municipal a la que se aplicará una tarifa fija por cada instalación de baño dotada de un único vaso
    Esta tarifa está sujeta a un incremento del 20% por cada vaso adicional existente en el centro inspeccionado.
    27,50
    2. Inspecciones diversas y/o toma de muestras
    Por cada inspección y/o toma de muestras en centros, instalaciones, locales o viviendas que no supongan un servicio de obligado cumplimiento por parte del Instituto Municipal de Salud Pública
    Esta tarifa se incrementará en un 100% por cada hora o fracción horaria que supere la hora inicial.
    27,50

    III. Desinfecciones, Desratizaciones y Desinsectaciones

    Desinfecciones, Desratizaciones y Desinfecciones
    EpígrafeEuros
    1. Desinfecciones realizadas con aparato pulverizador:
    Autobuses transporte público
    107,00
    Turismos, ambulancias, furgonetas35,45
    2. Desinfecciones efectuadas con aparato microdifusor, molecular y electrónico:
    Salida
    17,00
    Servicio mínimo (hasta 20 m3)35,45
    Por cada m3 adicional1,45
    3. Desinsectaciones con pulverizadores manuales:
    Salida
    17,00
    Cocina y baño35,45
    Resto vivienda:
    Hasta 90 m2
    Mayor de 90 m2
     
    35,45
    69,30
    4. Desratización locales y terrenos:
    Salida
    11,70
    Consumo mínimo hasta 2 kg. de cebo raticida35,45
    Por cada kg adicional3,45
    Consumo mínimo hasta 200 gr. de cebo ratonicida33,00
    Por cada 100 gr. adicional1,45

IV. Observaciones

De presentarse cualquier objeto o sustancia para analizar o servicio a realizar no previsto en las tarifas anteriores, se solicitará previamente informe de la posibilidad de su realización. En caso afirmativo, se clasificará por analogía, a juicio de la Dirección del Instituto Municipal de Salud Pública.

  • Artículo 7.- En todo lo relativo a las infracciones Tributarias y su calificación, así como a las sanciones que a las mismas correspondan, se aplicará el régimen regulado en la Ley General Tributaria y en las disposiciones que la completan y desarrollan.

Disposiciones Finales

  • Primera.- En lo no previsto específicamente en esta Ordenanza, serán de aplicación las normas contenidas en la Ordenanza Fiscal General.
  • Segunda.- La presente Ordenanza Fiscal, y en su caso sus modificaciones entrarán en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y comenzará a aplicarse a partir del 1 de Enero siguiente, salvo que en las mismas se señale otra fecha, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación.

Fecha de aprobación definitiva: 21/12/2007
Fecha publicación B.O.P.: nº 293 del 21/12/2007